Inicio

Archivo de Notas Base de Datos Marco Normativo Contacto

 

LA SECRETARIA DE COMERCIO MANTIENE HASTA MARZO EL ABONO DE CABLEVISION EN 116 PESOS

02-ENE/2012

 

La Secretaría de Comercio Interior extendió a marzo de 2012 el precio del abono, de $116 mensuales, que deberán pagar los abonados de Cablevisión, fundamentando que el Estado Nacional tiene a su cargo las políticas públicas destinadas a satisfacer las necesidades de los consumidores y usuarios.



La Secretaría de Comercio Interior, por Resolución 10/2011 publicada eL jueves 29 de diciembre en el Boletín Oficial, prorrogó durante enero, febrero y marzo de 2012 el abono básico mensual del servicio de televisión paga de la empresa Cablevisión S.A., en la suma de $ 116 que deberán abonar los usuarios.

Con la firma del secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, expresa que la prórroga se dicta en el marco de su competencia y en función de los parámetros de razonabilidad.

El precio fijado debe mantener la vigencia e inmutabilidad sin variaciones durante el plazo indicado.

En relación con otros servicios de señales y productos prestados por la empresa, tampoco sufrirán variaciones en sus precios, y deben mantener la composición y la cantidad de señales que actualmente contiene el abono básico mensual, salvo caso fortuito o fuerza mayor, debidamente justificados ante la Secretaría.

También deben mantenerse las condiciones en relación con las promociones y/o bonificaciones y/o descuentos, cualquiera sea su denominación que beneficiara a los usuarios.

La Secretaría de Comercio Interior, por Resolución 10/2011 publicada este jueves en el Boletín Oficial, prorrogó durante enero, febrero y marzo de 2012 el abono básico mensual del servicio de televisión paga de la empresa Cablevisión S.A., en la suma de $ 116 que deberán abonar los usuarios.

Con la firma del secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, expresa que la prórroga se dicta en el marco de su competencia y en función de los parámetros de razonabilidad.

El precio fijado debe mantener la vigencia e inmutabilidad sin variaciones durante el plazo indicado.

En relación con otros servicios de señales y productos prestados por la empresa, tampoco sufrirán variaciones en sus precios, y deben mantener la composición y la cantidad de señales que actualmente contiene el abono básico mensual, salvo caso fortuito o fuerza mayor, debidamente justificados ante la Secretaría.

También deben mantenerse las condiciones en relación con las promociones y/o bonificaciones y/o descuentos, cualquiera sea su denominación que beneficiara a los usuarios.


Volver

        Se autoriza la reproducción del material periodístico si se menciona la fuente RADIODIFUSIONdata