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				cooperativas de san jose, nechochea, 
				gral. san martin y las 
				varillas accedieron a licencias de tv por cable 
	09-ENE/2012 
	 
 
              Las Resoluciones 
				1880, 1922 2251 y 2257/11 de la AFSCA adjudicaron licencias de 
				TV por suscripción a las Cooperativas DE ELECTRICIDAD, SERVICIOS 
				PUBLICOS Y VIVIENDAS LTDA. SAN JOSE, de la ciudad homónima de la 
				provincia de Buenos Aires; a la DE ENERGIA ELECTRICA Y OTROS 
				SERVICIOS PUBLICO DE LAS VARILLAS Ltda. de LAS VARILLAS, Cordoba; 
				DE SERVICIOS Y OBRAS PUBLICAS DE GRAL. SAN MARTIN LTDA. en GRAL. 
				SAN MARTIN, provincia de LA PAMPA; y USINA POPULAR COOPERATIVA 
				DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y SOCIALES LTDA. DE NECOCHEA 
				SEBASTIAN DE MARIA de la ciudad bonaerense de NECOCHEA. 
	
              Estas dos 
				adjudicaciones se suman a la otorgada también en el mes de 
				diciembre a la 
				Cooperativa Popular de Electricidad de Santa Rosa, provincia de 
				La Pampa. Ello tras haberse levantado la medida cautelar que 
				impedía a las cooperativas acceder a las licencias para operar 
				servicios por suscripción. 
				 
				Las licencias otorgadas a las Cooperativa de San José y de 
				Necochea abarcarán 10 años más otros 10 de prórroga. En tanto a 
				las otras dos entidades sin fines de lucro es por el plazo de 15 
				años más la posibilidad de extenderlo por otros 10. Esto se debe 
				a que el trámite iniciado por las cooperativas de Las Varillas y 
				de Gral. San Martín se rigió por la Ley de Radiodifusión 22.285 
				que fijaba plazos de duración de las licencias mas amplios que 
				la Ley 26.522. 
				 
				Monto de garantía de cumplimiento de la inversión  
				 
				Cooperativa de San José: 1.800 pesos.  
				 
				Cooperativa de Las Varillas: 14.400 pesos 
				 
				Cooperativa de Gral. San Martín: 45.000 pesos 
				 
				Usina de Necochea: 1.800 pesos. 
				 
				En el caso de la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD, SERVICIOS PUBLICOS 
				Y VIVIENDAS LTDA. SAN JOSE, el trámite de adjudicación de su 
				licencia hizo una observación la firma comercial Suárez Video 
				Cable, por lo cual uno de los artículos le exige llevar una 
				unidad de negocios separada del resto de los servicios que 
				brinda la cooperativa, llevar contabilidad separada, garantizar 
				a los competidores el arrendamiento de su infraestructura 
				(postes, ductos, etc.), y no comercializar servicios 
				empaquetados (¿el triple play estará incluido entre estas 
				prácticas prohibidas?), entre otras obligaciones recomendadas 
				por la Secretaría de Comercio Interior. 
              
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