Multan a Cablevisión con $ 20 mil diarios por
no ordenar su grilla
09-AGO/2012
El juez federal
Pablo Cayssials impuso una sanción a la empresa Cablevisión S.A.
por no dar cumplimiento al ordenamiento de su grilla consistente
en la suma de 20 mil pesos por cada día de retardo, según lo
dispuesto por ese tribunal ante una medida cautelar dictada el
16 de mayo de 2011.
En este sentido,
la Administración Federal de Servicios de Comunicación
Audiovisual (AFSCA) representada por su presidente, Santiago
Aragón, interpuso demanda contra la firma Cablevisión S.A. con
el objeto de que se obligue a la citada empresa a dar
cumplimiento al ordenamiento de su grilla de señales, conforme
lo ordena el artículo 65 del Decreto 1225/2010 y la resolución
AFSCA nro. 296/2010.
Con la interposición de la demanda, se solicitó también se dicte
medida cautelar a los fines que la empresa cumpla inmediatamente
el orden de las señales dispuesto por la ley.
Esta medida judicial se solicitó ante la imposibilidad de AFSCA
de aplicar sanciones por si misma contra Cablevisión, dado que
el Juzgado Federal Nro.4 de la ciudad de Mar del Plata dictó con
fecha 29 de diciembre de 2011, una medida cautelar en la que se
suspenden las facultades sancionatorias del AFSCA, pero no la
vigencia y la obligatoriedad de las normas que ordenan la
grilla.
En la nueva demanda iniciada por el AFSCA, entiende el Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo
Federal Nro. 9 de la Ciudad de Buenos Aires, quien, con fecha 16
de mayo de 2012 dictó una nueva medida cautelar en la que ordena
a Cablevisión S.A. cumplir el ordenamiento de las señales que
integran su grilla del cable, en función a lo dispuesto por el
artìculo 65 inc. 3 B) del decreto 1225/10, reglamentario de la
ley 26.522.
Dicha orden judicial, pese haber sido reiteradamente intimada
por la justicia para su cumplimiento, fue totalmente desoída por
Cablevisión, lo que motivó a que el juzgado Nº 9 interponga una
denuncia penal ante la posible comisión del delito tipificado en
el artículo 239 del Código Penal, esto es incumplimiento de
orden judicial.
Además de la denuncia penal, el Juzgado con fecha 1 de agosto de
2012, fijó una multa de $ 20.000 por cada día de retardo en el
cumplimiento de la medida cautelar dictada el 16 de mayo de
2011.
Fuente: Telam
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