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el grupo hadad-zocco vendio sus medios a "tragamonedas" lopez, aunque la ley de s.c.a. lo prohibe

27-ABR/2012

 

El traspaso se va a formalizar entre 15 y 45 días. Es la mayor operación de venta de medios de los últimos años. Así lo confirmaron a Cronista.com fuentes oficiales del Grupo Infobae




El empresario Daniel Hadad aceptó una oferta cercana a los 40 millones de dólares por el canal de noticias C5N y sus cinco radios (la 10, y las FM Pop, Mega, TKM y Vale) que le hizo el titular del Grupo Indalo, el empresario cercano al kirchnerismo Cristóbal López.

El traspaso se va a formalizar entre 15 y 45 días. Todas las figuras del canal y las radios (Marcelo Longobardi, Oscar Gonzalez Oro, Beto Casella, Gerardo Rozín, Viviana Canosa o Tomás Bulat, para nombrar algunos) quedarían en sus lugares. Y Hadad se dedicará de lleno a potenciar su sitio Infobae en toda América Latina.

Es la mayor operación de venta de medios de comunicación de los últimos años.

Datos:

Hadad “despegó” la redacción del portal de noticias Infobae de la de C5N. Mientras el canal de noticias quedó en el edifico de Fitz Roy 1940, la redacción del portal fue trasladada al edificio de Costa Rica 5639 que, aunque están conectados internamente –la propiedad tiene entrada por Fiz Roy y por Costa Rica– aquí están las oficinas del Grupo Vi-Da (Daniel Hadad y su mujer Viviana Zocco).

Cristóbal López es un empresario que desde hace poco tiempo que está incursionando en el negocio de los medios de comunicación. Dueño del Grupo Indalo, su fuerte es la empresa petrolera Oil y la compañía del negocio del juego Casino Club, desde donde es socio del casino flotante y maneja las tragamonedas del Hipódromo de Palermo.

Aunque su experiencia es en otros sectores, ya es propietario de medios de comunicación. Con Indalo Media tiene El Patagónico de Comodoro Rivadavia, la revista Noche Polar y la web Minutouno.com

Según Poder Ciudadano, entre mayo y octubre de 2011 Radio 10 y Mega facturaron de publicidad oficial (nacional, provincial y de la Ciudad) $ 10.804.961; y C5N alcanzó los 12.392.850 pesos.

Fuente: El Cronista Comercial

Qué dice la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Democracia

ARTICULO 41. — Transferencia de las licencias. Las autorizaciones y licencias de servicios de comunicación audiovisual son intransferibles

Excepcionalmente se autoriza la transferencia de acciones o cuotas partes de las licencias luego de cinco (5) años de transcurrido el plazo de la licencia y cuando tal operación fuera necesaria para la continuidad del servicio, respetando que se mantenga en los titulares de origen más del cincuenta por ciento (50%) del capital suscripto o por suscribirse y que represente más del cincuenta por ciento (50%) de la voluntad social. La misma estará sujeta a la previa comprobación por la autoridad de aplicación que deberá expedirse por resolución fundada sobre la autorización o rechazo de la transferencia solicitada teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos solicitados para su adjudicación y el mantenimiento de las condiciones que motivaron la adjudicación.

La realización de transferencias sin la correspondiente y previa aprobación será sancionada con la caducidad de pleno derecho de la licencia adjudicada y será nula de nulidad absoluta.

Personas de existencia ideal sin fines de lucro. Las licencias concedidas a prestadores de gestión privada sin fines de lucro son intransferibles.

ARTICULO 45. — Multiplicidad de licencias. A fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local se establecen limitaciones a la concentración de licencias.
(...)
2. En el orden local:

a) Hasta una (1) licencia de radiodifusión sonora por modulación de amplitud (AM);

b) Una (1) licencia de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia (FM) o hasta dos (2) licencias cuando existan más de ocho (8) licencias en el área primaria de servicio;

c) Hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva por suscripción, siempre que el solicitante no fuera titular de una licencia de televisión abierta;

d) Hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva abierta siempre que el solicitante no fuera titular de una licencia de televisión por suscripción;

En ningún caso la suma del total de licencias otorgadas en la misma área primaria de servicio o conjunto de ellas que se superpongan de modo mayoritario, podrá exceder la cantidad de tres (3) licencias.


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