chile. informe desfavorable para compra de
radios Horizonte y Oasis por Grupo Luksic
12-ABR/2012
La Fiscalía
Nacional Económica comunicó este miércoles que con fecha 5 de
abril informó desfavorable la eventual adquisición por
Radiodifusión SpA - sociedad vinculada a Canal 13 - de las
concesiones de radiodifusión sonora correspondientes a las
radios Horizonte y Oasis, y le comunicó dicho informe
desfavorable al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia para
que éste se pronuncie respecto de la conformidad con la libre
competencia de la eventual operación de concentración.
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"Con fecha 2 de
diciembre de 2011, Radiodifusión SpA y Comunicaciones Horizonte
Limitada, celebraron un Contrato de Promesa de Compraventa o de
Transferencia de Concesiones Radiales en virtud del cual las
partes se comprometieron a celebrar un contrato de compraventa
relativo a 11 concesiones de radiodifusión sonora,
correspondientes a las radioemisoras de denominación comercial
Oasis y Horizonte", detalló la FNE a través de un comunicado.
Luego, con fecha 7 de marzo de 2012, de conformidad con el
artículo 38 inciso 2° de la Ley N° 19.733 sobre libertades de
opinión e información y ejercicio del periodismo, las partes
presentaron una solicitud de informe a la Fiscalía Nacional
Económica para que informara en forma previa al
perfeccionamiento de la operación en relación con los efectos
sobre la competencia de la misma.
La Fiscalía Nacional Económica, afirmó que "en el mandato que le
confiere la Ley N° 19.733 sobre libertades de opinión e
información y ejercicio del periodismo, en cuanto a realizar un
control preventivo obligatorio de operaciones de concentración
relativas a medios de comunicación social sujetos al sistema de
concesión otorgada por el Estado, con la información que ha
podido recabar en base a lo presentado por las solicitantes y a
diligencias de investigación que a esta fecha se han realizado,
todo ello en el breve plazo de 30 días establecido en la Ley N°
19.733, ha concluido que la operación podría presentar una serie
de riesgos para la libre competencia".
La FNE detalla que estos puntos serían:
La posibilidad cierta que Canal 13, en su calidad de piedra
angular de un conglomerado de medios de comunicación social y
valiéndose de su posición significativa en el mercado del
avisaje televisivo, traslade el poder con el que cuenta en dicho
mercado al del avisaje radial por medio del empaquetamiento a
través de ofertas conjuntas o "paquetes publicitarios".
Que Canal 13 lleve a cabo subsidios cruzados y discrimine
arbitrariamente en contra de radioemisoras competidoras a las de
su propiedad, por la vía de promocionar a través de su señal
televisiva a sus radioemisoras relacionadas; y, asimismo, por la
vía de la transmisión de "frases publicitarias gratuitas" en sus
radioemisoras relacionadas, como complemento a la contratación
de frases publicitarias pagadas o a la contratación de
publicidad vía televisión, ponga en riesgo la permanencia de
radios de menor tamaño en el mercado.
El establecimiento de barreras artificiales a la entrada al
mercado por parte de Canal 13 a través de la imposición de una
cláusula de no competir al Sr. Julián García-Reyes Anguita -
propietario y fundador de las radios Horizonte y Oasis - cuya
duración de 5 años así como su ámbito geográfico indeterminado
resultan excesivos y contrarios a la libre competencia.
La afectación de la calidad y variedad del servicio, así como la
pluralidad y diversidad del mismo debido a que la operación
podría conllevar a la eventual desaparición de radios de nicho y
de menor tamaño, como lo son las radios Horizonte y Oasis.
Fuente: Terra
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