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               la justicia ordeno clausurar por ilegal el canal 6 de santa rosa 
	30-NOV/2011 
	 
 
              La Cámara Federal de Bahía Blanca dejó sin efecto una medida cautelar de no 
innovar que beneficiaba a la empresa santarroseña ARG S.R.L. e impedía a la 
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) la 
declaración de ilegalidad (y consecuente clausura) de una emisora de televisión 
por aire que la firma explota en esta ciudad. Se trata de Canal 6 Comunitario. 
	
              El fallo, dictado el pasado 18 de noviembre, lleva la firma de los camaristas Ricardo Emilio Planes y Augusto Enrique Fernández, y fue dictado en favor del Estado Nacional, que apeló la medida oportunamente concedida por el juez federal santarroseño, Pedro Vicente Zabala.
ARG S.R.L., integrada por el periodista Gustavo Córdoba y el abogado Marcelo 
Piazza, había promovido una demanda con el objeto de que se declare la 
inconstitucionalidad de una serie de normas relativas a la radiodifusión, y para 
que se obligue a las autoridades del área a que, "en el plazo que se le fije al efecto, elaboren un nuevo plan técnico de frecuencias 
de servicio de televisión abierta, los pliegos de los concursos y convoquen al 
mismo en la ciudad de Santa Rosa". Córdoba, vinculado al Grupo Clarín, y Piazza 
desembarcaron en la emisora hace unos dos años. 
 
	La planta de transmisión de TV abierta (Canal 6 Comunitario) que la empresa 
actualmente explota había sido instalada sin autorización, declarada de interés 
municipal en 1991, y oportunamente su titular se sometió al censo de a comienzos 
de los años '90.  
	Para los camaristas, "ello que importa reconocer que su 
situación es irregular" y por ende la cautelar "debe ser revocada, porque la 
actora no es titular de una relación jurídica que en forma inmediata le 
reconozca un derecho que la administración menoscabe o ponga en peligro mediante 
un acto administrativo actual".
Para que se justificara el no innovar concedido -entienden los jueces-, el 
interesado debió "acreditar la verosimilitud del derecho con mayor rigurosidad y 
probar sumariamente la arbitrariedad del acto impugnado y el peligro en la 
demora", circunstancias que no se dieron en este caso. ARG fue creada en 2009.
 
	Por otra parte, agregaron que la verosimilitud del derecho "se encuentra 
indisolublemente ligada al análisis del modo arbitrario o ilegal en que se vería 
vulnerado el derecho invocado por el acto impugnado por esos motivos, lo que importaría prejuzgar sobre el fondo 
de la cuestión".
Lo que se resolvió, en definitiva, fue el levantamiento de una medida cautelar, 
lo cual no impide la tramitación del juicio principal. Sin embargo, en el fallo 
se citan precedentes de la propia Cámara donde se rechazaron planteos similares 
contra la anterior autoridad de radiodifusión, el Comité de Radiodifusión 
Federal (Comfer).
 
	Uno de los objetivos proclamados por la nueva ley de medios (26.522) es, 
precisamente, el fomento de la pluralidad informativa y la habilitación de 
nuevos medios de comunicación, pero la vigencia efectiva de la ley, a más de dos 
años de su sanción, sigue siendo obstaculizada por distintas medidas cautelares 
concedidas a pedido de los grandes medios concentrados.
Cabe señalar que aunque invoca la titularidad de una emisora de TV que tendría 
más de veinte años de existencia, la firma ARG se constituyó -conforme el 
Boletín Oficial- recién en abril de 2009. Por otra parte, uno de sus miembros ha 
ejercido distintos cargos judiciales, situación ésta que, en principio, 
resultaría incompatible con el ejercicio del comercio.
 
  
	Fuente: La Arena 
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