desinversion del grupo clarin: fallo de camara
fija la medida cautelar en tres años de vigencia
16-MAY/2011
La Sala I de la
Cámara en lo Civil y Comercial decidió que la medida cautelar
que le permite al multimedio más grande del país no desprenderse
de las licencias que superan el límite permitido por la Ley de
Servicios Audiovisuales estará vigente hasta diciembre de 2013.
Lo hizo al refutar
un reclamo del Estado que pedía que se dejara sin efecto esa
medida provisoria o se fijara una “plazo razonable” a su
vigencia para evitar –como había advertido la Corte Suprema– que
se convierta en una sentencia anticipada. Para los camaristas,
36 meses (a contar desde noviembre del año pasado, con la
notificación de la demanda) es un término adecuado.
Aunque en octubre del año pasado la Corte dejó en pie la medida
cautelar favorable a Clarín, pero dijo que no se podía extender
indefinidamente. Debía tener un “plazo razonable” a fijar por el
juez de primera instancia, de manera tal de evitar que se
transformara en una sentencia de hecho y que hubiera margen para
definir la cuestión de fondo: la validez del artículo 161 de la
ley que introduce el plazo de desinversión de un año, que expira
en octubre.
El juez Edmundo Carbone no quiso poner fecha, por eso el Estado
volvió a apelar ante la Cámara. Adjuntó un informe con cifras
que mostraba que en las circunstancias actuales, si el grupo
empresario no libera las licencias que superan el límite
permitido y mantienen su dominio –por ejemplo– del 57 por ciento
del mercado del cable, no está garantizada la diversificación y
surgimiento de nuevos prestadores para los que prevé
participación de la Ley de S.C.A.
La Cámara cuestionó el planteo del Estado (que hicieron la
Procuración del Tesoro y la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual) con términos muy duros y lo acusó de
meterse en territorio del Poder Judicial. “Adviértase que la
Administración Pública no se encuentra por encima de las
decisiones alcanzadas por el Poder Judicial en el ejercicio
regular de sus facultades constitucionales. Este es el sistema
legal vigente en la República Argentina, donde la mecánica del
equilibrio de poderes, previsto en la Carta Magna, sustenta y
garantiza el cumplimiento de las mandas judiciales
presupuestadas cuyo respeto ningún habitante ni autoridad ni
investidura por el pueblo puede sustraerse”, dice el fallo que
firman Francisco de las Carreras y María Susana Najurieta.
Para definir la cautelar en “términos claros y precisos”,
señalan los jueces, se estipulan 36 meses, durante los cuales se
“suspende la aplicación del articulo 161 de la ley 26.522” para
Clarín. Cuestionan al Estado por haber alegado el
“incumplimiento” de una ley ya reglamentada, que para Clarín
–dicen– no está vigente. “No hay incumplimiento si no existe
previamente una obligación legalmente exigible; y no hay
obligación si el Grupo Clarín ha sido eximido por una decisión
judicial de la aplicación del artículo 161”, sostienen.
“Pretender que adecue su conducta a la reglamentación de esta
norma y que por no haberlo hecho se encontraría incursa en
incumplimiento, y sobre esta base fundar el levantamiento de una
medida judicial que ordena precisamente lo contrario, supone un
temperamento reñido con el Estado de Derecho, las premisas
básicas de la convivencia social aseguradas en la ley
fundamental”, dice el texto.
La primera medida cautelar a favor del multimedio fue dictada en
diciembre del 2009 por el juez Carbone, quien afirmó que la
obligación de desinvertir en un año produce “un menoscabo de los
derechos constitucionales de propiedad y de industria lícita”.
La Cámara ratificó aquel fallo y consideró que ese plazo de un
año era “sorpresivo, breve y fatal”. Y anticipaba que era
“improbable” resolver la discusión constitucional de fondo en un
año. Luego le tocó a la Corte, que dejó todo igual, pero
introdujo el concepto de que las cautelares son medidas
provisorias para garantizar el cumplimiento de un futuro fallo,
pero no deben reemplazarlo, lo cual las “desnaturaliza”. No
postularon, sin embargo, la duración ideal. Esto lo reiteraron
en otros dos fallos sobre radiodifusión.
El Estado volverá a llevar la discusión a los jueces supremos
porque sostienen que eximir a Clarín de la desinversión hasta
fines de 2013 es casi una sentencia de hecho por el tiempo
transcurrido. La última apelación atribuía al grupo 225
licencias de cable cuando la nueva ley permite hasta 24; nueve
licencias de señales de televisión por cable, pero podrá tener
sólo una señal de generación propia; nueve radios y cuatro
estaciones de televisión, pero entre ambas sólo podrá tener
diez.
|