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maximo tribunal chileno descarta derogar articulo que regula indemnizaciones por injurias

27-MAY/2011

"Para nosotros es un triunfo, porque se está protegiendo la libertad de expresión", dijo ayer el presidente de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), Alvaro Caviedes, tras conocer el acuerdo del Tribunal Constitucional (TC) para no derogar el artículo 2.331 del Código Civil.


La norma citada fija un límite a la posibilidad de que una persona ofendida logre que un tribunal condene al ofensor a pagar, además de daños patrimoniales, los llamados daños morales. Para lograr una que incluya, por ejemplo, la reparación del sufrimiento sicológico, es necesario que previamente un tribunal penal condene por el delito de injuria o calumnia. "Esto es sumamente relevante. Si este artículo se hubiese eliminado, podría haber llevado a los medios a inhibirse por completo de publicar o emitir noticias que pudieran provocar que alguien se sintiera injuriado", dijo Caviedes.

El procedimiento para derogar este artículo fue iniciado por oficio en el TC hace un año, con miras a declararlo inconstitucional, luego que en dos ocasiones fuera declarado inaplicable. Tras conocerse el procedimiento en marcha, la ANP y la Federación de Medios de Comunicación recurrieron ante la causa para evitar su derogación.

Finalmente, seis de los magistrados integrantes del TC estuvieron por no derogar el artículo y cuatro estuvieron a favor de hacerlo. Por ello, no se alcanzó el quórum de ocho votos necesario para hacer el cambio.

Proceso

El abogado patrocinante de la ANP y la Federación de Medios, Patricio Zapata, explicó que el artículo establece que debe existir una condena penal previa que lo acredite para solicitar una indemnización por daños morales. "Como requiere una condena, esa es una garantía para los medios de comunicación, porque antes de tener que pagar, debe haber una condena por injurias", subraya Zapata. Uno de los obstáculos que habría impuesto la derogación de este artículo, dice el profesional, es que el autor de una información tendría que estar seguro de la total veracidad de una información antes de escribirla o divulgarla. "Y eso es imposible. Existen protocolos que se siguen. Llamar a las fuentes, chequear la información, mecanismos de control, pero sin este artículo, a los medios se les estaba pidiendo un nivel de seguridad insostenible", añadió Zapata.

El abogado afirmó que las personas que así lo requieran siempre podrán pedir al Tribunal Constitucional que en su caso concreto no se aplique este artículo.

El artículo

La norma 2.331 sostiene que las injurias contra el honor de una persona no dan derecho a demandar una indemnización monetaria, a menos que se pruebe un lucro cesante calculable en dinero y que esto quedará sin efecto si se prueba la verdad de la imputación hecha.

Fuente: La Tercera

El Presidente de ARCHI y titular de la Federación de Medios, Luis Pardo Sáinz , señaló: " esto es una buena noticia para la libertad de expresión, de haberse derogado el 2331, se habría generado una industria del litigio, con cientos de demandas por daño moral en contra de los medios, lo que habría terminado inhibiendo no sólo el periodismo de investigación y de denuncia, sino la crítica y el debate en general."

Por su parte, el presidente de la Asociación Nacional de la Prensa, ANP, Álvaro Caviedes manifestó que “mantener la norma es una buena noticia para la libertad de expresión”.


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