maximo tribunal chileno descarta derogar
articulo que regula indemnizaciones por injurias
27-MAY/2011
"Para nosotros es
un triunfo, porque se está protegiendo la libertad de
expresión", dijo ayer el presidente de la Asociación Nacional de
la Prensa (ANP), Alvaro Caviedes, tras conocer el acuerdo del
Tribunal Constitucional (TC) para no derogar el artículo 2.331
del Código Civil.
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La norma citada
fija un límite a la posibilidad de que una persona ofendida
logre que un tribunal condene al ofensor a pagar, además de
daños patrimoniales, los llamados daños morales. Para lograr una
que incluya, por ejemplo, la reparación del sufrimiento
sicológico, es necesario que previamente un tribunal penal
condene por el delito de injuria o calumnia. "Esto es sumamente
relevante. Si este artículo se hubiese eliminado, podría haber
llevado a los medios a inhibirse por completo de publicar o
emitir noticias que pudieran provocar que alguien se sintiera
injuriado", dijo Caviedes.
El procedimiento para derogar este artículo fue iniciado por
oficio en el TC hace un año, con miras a declararlo
inconstitucional, luego que en dos ocasiones fuera declarado
inaplicable. Tras conocerse el procedimiento en marcha, la ANP y
la Federación de Medios de Comunicación recurrieron ante la
causa para evitar su derogación.
Finalmente, seis de los magistrados integrantes del TC
estuvieron por no derogar el artículo y cuatro estuvieron a
favor de hacerlo. Por ello, no se alcanzó el quórum de ocho
votos necesario para hacer el cambio.
Proceso
El abogado patrocinante de la ANP y la Federación de Medios,
Patricio Zapata, explicó que el artículo establece que debe
existir una condena penal previa que lo acredite para solicitar
una indemnización por daños morales. "Como requiere una condena,
esa es una garantía para los medios de comunicación, porque
antes de tener que pagar, debe haber una condena por injurias",
subraya Zapata. Uno de los obstáculos que habría impuesto la
derogación de este artículo, dice el profesional, es que el
autor de una información tendría que estar seguro de la total
veracidad de una información antes de escribirla o divulgarla.
"Y eso es imposible. Existen protocolos que se siguen. Llamar a
las fuentes, chequear la información, mecanismos de control,
pero sin este artículo, a los medios se les estaba pidiendo un
nivel de seguridad insostenible", añadió Zapata.
El abogado afirmó que las personas que así lo requieran siempre
podrán pedir al Tribunal Constitucional que en su caso concreto
no se aplique este artículo.
El artículo
La norma 2.331 sostiene que las injurias contra el honor de una
persona no dan derecho a demandar una indemnización monetaria, a
menos que se pruebe un lucro cesante calculable en dinero y que
esto quedará sin efecto si se prueba la verdad de la imputación
hecha.
Fuente:
La Tercera
El Presidente de
ARCHI y titular de la Federación de Medios, Luis Pardo Sáinz ,
señaló: " esto es una buena noticia para la libertad de
expresión, de haberse derogado el 2331, se habría generado una
industria del litigio, con cientos de demandas por daño moral en
contra de los medios, lo que habría terminado inhibiendo no sólo
el periodismo de investigación y de denuncia, sino la crítica y
el debate en general."
Por su parte, el presidente de la Asociación Nacional de la
Prensa, ANP, Álvaro Caviedes manifestó que “mantener la norma es
una buena noticia para la libertad de expresión”. |
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