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una sentencia de segunda instancia a favor de la continuidad de fibertel

01-MAR/2011

La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal confirmó hoy que la Resolución 100 de la secretaría de Comunicaciones, que disponía la caducidad de la licencia de Fibertel, sigue suspendida y así no peligra el servicio para tres millones de clientes de la proveedora de Internet del Grupo Clarín.




El amparo ratifica la presentación que había realizado en primera instancia la Asociación para la Defensa de la Competencia (ADC), aunque ahora el Tribunal amplió los efectos de la medida cautelar, "garantizando la posibilidad de que nuevos usuarios contraten los servicios de acceso a Internet".

La Cámara desechó la apelación del Estado porque no se añalizaron "las derivaciones económicas del mercado en cuestión" y porque la continuidad de Fibertel no implica "en modo alguno afectar la libre elección del prestador que tiene la totalidad de los usuarios de Internet". 

El Tribunal determinó que "el derecho de defensa de la competencia tiene entidad propia" y señaló que, por lo tanto, "no debe ser confundido con el derecho de los consumidores, por la mera circunstancia de que puedan resultar beneficiados, en forma indirecta, por el comportamiento competitivo de los mercados".

Justamente, en relación a los jugadores del mercado de banda ancha, la Cámara señaló que "no parece razonable modificar las condiciones imperantes en el mercado con anterioridad a los efectos que provocará la ejecución de la Resolución 100, los cuáles no fueron ponderados debido a la falta de intervención del órgano competente en la materia".

La Cámara dijo que "no puede descartarse que la medida cautelar, en cuanto distingue entre actuales y potenciales usuarios, distorsione la competencia en el mercado involucrado, desde que tiene por consecuencia limitar la puja entre las empresas que participan en él para atraer nuevos clientes, elementos esencial en el régimen que se intenta garantizar".

Asimismo, los camaristas también señalaron como argumento que "los consumidores resulten los destinatarios finales de la protección que otorga el régimen de defensa de la competencia, la cual excede la de los directamente afectados y se relaciona con el sistema económico en su conjunto".

Fuente: DyN


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