tribunal español anula sancion por
homofobia a televisora
09-JUN/2011
El tribunal
considera que la multa impuesta por el Gobierno vulnera la
libertad de expresión y el derecho de crítica del medio. La
cadena asegura que se criticó la asistencia a un acto festivo,
no la identidad sexual.
La Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha declarado
nula la sanción del Ministerio de Industria que condenaba a
Intereconomía a pagar 100.000 euros por la emisión de un spot
promocional que cuestionaba que el Día del Orgullo Gay fuese
subvencionado con fondos públicos. El vídeo, que fue emitido 273
veces entre julio y septiembre de 2009, reproduce imágenes de
homosexuales junto al eslogan "Un día del orgullo gay. 364 de
orgullo de la gente corriente".
La denuncia formulada por el Consejo Audiovisual de Andalucía
fue admitida a trámite por Industria, que consideró "ilícita" la
campaña por considerar que va en contra de lo que establece la
ley, donde se afirma que "la publicidad televisiva no puede
atentar contra el debido respeto a la dignidad de las personas o
a sus convicciones religiosas y políticas ni discriminarlas por
motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad y
opinión".
Intereconomía recurrió asegurando que "el anuncio de
autopromoción suponía únicamente una crítica a un preciso acto
festivo que no resulta ser representativo de la totalidad de los
homosexuales, sino de un grupo de personas que está enfrentado
con otros en lo que se refiere a la celebración del Día del
Orgullo Gay", según explica en su página web.
Esta nueva sentencia prima "el carácter prioritario que ostenta
la libertad constitucional de opinión y más aún cuando es
formulada por un medio de comunicación" apoyándose en el
artículo 20 de la Constitución. La Audiencia sostiene que "no
toda crítica o percepción negativa entraña por sí sola
discriminación" y añade que si el Estado de Derecho acepta este
precepto, "los contenidos de la libertad de expresión y el
derecho a la crítica quedarían reducidos hasta su virtual
desaparición".
Intereconomía ha considerado esta resolución como el "triunfo de
la libertad de expresión". Juan José Aizcorbe, el director
general jurídico de la cadena, ha reconocido que su principal
preocupación no eran los 100.000 euros de multa, sino que dentro
de las concesiones de las cadenas de televisión, tener una
sanción puede implicar la no renovación de la licencia. "No
hemos vulnerado ningún derecho y reseñamos que por encima de una
decisión política ha sobrevenido una decisión con todo el peso
de la ley", ha defendido Aizcorbe. La Federación Estatal de
Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales ha expresado en un
comunicado que "la Justicia ha actuado desproporcionalmente, con
una arbitrariedad clara, cuando antepone el derecho a la
libertad de expresión de esta televisión privada pero no el de
las personas". La organización ve un clara discriminación por
orientación sexual e incitación a través de las imágenes y
mantienen que Intereconomía desprestigia a su colectivo.