medida cautelar impide a las
cooperativas obtener licencias de tv por suscripcion
22-JUL/2011
El Juez Federal en
lo Civil y Comercial Edmundo Carbone ordenó suspender el
artículo 30 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
El magistrado argumenta que una cooperativa podría obtener
ventajas al no pagar Ganancias.
El fallo responde
a una medida cautelar presentada contra la Cooperativa de
Servicios Públicos de Morteros, en la provincia de Córdoba, que
inició los trámites para obtener una licencia de cableoperador
local ante la Afsca.
Los fundamentos del Juez
Carbone para hacer lugar a la medida cautelar se basan en la exención
impositiva de Ganancias de las entidades sin fines de lucro.
El magistrado, quien ya se
ha pronunciado en contra de los artículos 161 y 41 de la Ley de Medios, hizo
lugar a la medida considerando que “es probable que a mérito de la
exenciones impositivas impuestas por ley una cooperativa obtenga ventajas
que le permitan sostener un precio por el servicio que ha de prestar”, dice
el fallo.
La aceptación de la cautelar
le ordena al Ejecutivo, a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación
Audiovisual (Afsca) y a los demás organismos de la Administración Pública a
que se abstengan de “dictar, implementar y/o ejecutar actos, ya sea de
alcance individual o general, y realizar trámites que impliquen la
aplicación” del artículo 30 de la ley 26522.
Fuente: Sitio
Cooperativo
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