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				medida cautelar impide a las 
				cooperativas obtener licencias de tv por suscripcion 
	22-JUL/2011 
	 
 
              El Juez Federal en 
				lo Civil y Comercial Edmundo Carbone ordenó suspender el 
				artículo 30 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. 
				El magistrado argumenta que una cooperativa podría obtener 
				ventajas al no pagar Ganancias. 
	
              El fallo responde 
				a una medida cautelar presentada contra la Cooperativa de 
				Servicios Públicos de Morteros, en la provincia de Córdoba, que 
				inició los trámites para obtener una licencia de cableoperador 
				local ante la Afsca. 
	Los fundamentos del Juez 
	Carbone para hacer lugar a la medida cautelar se basan en la exención 
	impositiva de Ganancias de las entidades sin fines de lucro.  
	El magistrado, quien ya se 
	ha pronunciado en contra de los artículos 161 y 41 de la Ley de Medios, hizo 
	lugar a la medida considerando que “es probable que a mérito de la 
	exenciones impositivas impuestas por ley una cooperativa obtenga ventajas 
	que le permitan sostener un precio por el servicio que ha de prestar”, dice 
	el fallo. 
	La aceptación de la cautelar 
	le ordena al Ejecutivo, a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación 
	Audiovisual (Afsca) y a los demás organismos de la Administración Pública a 
	que se abstengan de “dictar, implementar y/o ejecutar actos, ya sea de 
	alcance individual o general, y realizar trámites que impliquen la 
	aplicación” del artículo 30 de la ley 26522.  
	Fuente: Sitio 
	Cooperativo 
              
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