cablevision apelo el fallo que le
ordena incluir la señal cba24n de la universidad de cordoba
06-JUL/2011
El juez federal Nº
2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, dispuso conceder la
medida cautelar
solicitada por los Servicios de Radio y Televisión (SRT) sobre
la señal de Cba24n que se emite desde el 1º de junio sólo por el
sistema de TV digital que impulsa el Gobierno Nacional.
La medida
dispuesta por el magistrado busca que la empresa Cablevisión
incorpore a su grilla de canales la señal de Cba24n, lo que
reabre la polémica sobre la aplicación y alcances de la llamada
ley de medios.
El fallo, según el juez, es para que se "cumplimente con la
resolución N° 505/10 de la Autoridad Federal de Servicios de
Comunidad Audiovisual (AFSCA) y en consecuencia incorpore a la
grilla de señales que ofrece a sus suscriptores".
Se apelará la medida. Los SRT solicitan la inclusión de la señal
en base al artículo 65, inciso “e”, de la ley de servicios
audiovisuales. La medida dispuesta será apelada, informaron
fuentes de Cablevisión, y el caso pasará a la Cámara Federal de
Córdoba.
El juez pone además bajo apercibimiento una multa de "1.500
pesos por cada día de demora". "Se requiere la fianza personal
de seis letrados inscriptos en la matrícula federal quienes se
obligaran por la suma de 50.000 pesos cada uno", añade la
resolución.
Fuentes de la Asociación Cordobesa de Radiodifusión por Cable (Acorca)
advirtieron días atrás que la autorización dada a los SRT por
Afsca, para usar la frecuencia 33, es exclusivamente para emitir
la programación de LV80 TV Canal 10 y que de ninguna manera la
Universidad puede emitir otra programación diferente en dicha
frecuencia, según los artículos 45 y 93 de la citada ley.
De lo contrario, tendría dos canales en la misma área de
cobertura, lo cual no está permitido por el artículo 45 de esa
norma. Canal 10 sí se encuentra en la grilla de Cablevisión, no
así en la de DirecTV.
Se indicó asimismo que la ley no obliga a incluir las emisiones
de los nuevos canales que se adjudiquen luego de su sanción, ya
que en ese caso la norma se tornaría inconstitucional por
irrazonable.
Fuente: La Voz del
Interior
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