Fallo rechaza un amparo contra la caducidad de
la licencia de Fibertel
18-FEB/2011
La jueza Rita
Ailán, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso
Administrativo Federal Nº 4, rechazó una acción de amparo
presentada por una particular por la que pedía se declare la
ilegalidad e inconstitucionalidad de la resolución 100/10 de la
Secretaría de Comunicaciones, que dispuso la caducidad de la
licencia de la empresa Fibertel para la prestación de servicios
de internet.
El reclamo había
sido presentado por una cliente de Cablevisión, quien había
destacado "la necesidad del servicio" en virtud de su actividad
profesional y señaló que aquella resolución violenta su derecho
de propiedad, "por impedir usar sus recursos, del modo que
considera más eficiente para facilitar su derecho a trabajar".
Asimismo, consideró que ninguna autoridad la puede obligar a
migrar de la prestadora del servicio, salvo que le acrediten que
la compañía violó alguna norma que hace a la licitud en el
ejercicio de sus derechos. Por ello, califica a la resolución
que impugna de "abusiva" en tanto, a su entender, la misma no
responde a un fin jurídico y viola su derecho a contratar
libremente.
Según la magistrada, para la procedencia de una acción de amparo
no sólo es necesario que concurra un supuesto de arbitrariedad o
de ilegalidad, sino que se requiere además que ello resulte de
manera manifiesta.
"Dichos requisitos no concurren en el presente caso, donde en
definitiva se cuestiona el dictado de la Resolución N° 100 de
fecha 19 de agosto de 2010 por la Secretaría de Comunicaciones y
se la califica de inconstitucional, por considerar que la misma
obliga a la accionante a emigrar del servicio de transmisión de
datos que venía prestando la empresa Fibertel SA", señaló la
jueza.
"Esta circunstancia denota por parte de la actora una
interpretación diferente respecto de las facultades
reglamentarias que, en principio, ostenta el PEN, vinculadas a
la prestación de un servicio público, cuyo análisis notoriamente
excede el restringido marco de conocimiento de la vía adjetiva
elegida por la actora para su cuestionamiento", añadió.
Fuente: CIJ
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