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				jueza usa codigo de faltas para 
				justificar decomisos y detenciones en dos radios chaqueñas 
	19-ENE/2011 
              El jueves 30 de 
				diciembre, la jueza de Paz de Pampa del Infierno, Elisa Isabel 
				Strizick, ordenó el allanamiento y secuestro de equipos de FM 
				Norte (102.1), que salía al aire desde sus estudios ubicados en 
				calles Güemes y Paula Montana, de dicha localidad. El 
				allanamiento fue impulsado por las más de 26 denuncias de 
				vecinos que se sentían agraviados por los dichos de los 
				locutores de Radio FM Norte.  
	
              Al día siguiente, 
				el titular la emisora, Claudio Hererra, consiguió nuevamente 
				salir al aire a través de los equipos de FM Futuro, que se 
				encontraba sin transmisión desde hacía un tiempo. Ese mismo día 
				a través de un nuevo operativo policial, la jueza Strizick 
				ordenó nuevamente un allanamiento al que esta vez se le sumaron 
				las detenciones de Claudio Herrera y de Raúl Gerardo Abregú, 
				dueño de FM Futuro y trabajador de FM Norte. Los periodistas 
				recién recuperaron la libertad entre el lunes 3 y el martes 4 de 
				enero.  
				 
				Según relató Abregú, desde la emisora FM Norte se insistía en 
				conocer cuál sería el destino del Fondo Sojero que percibe la 
				Municipalidad de Pampa del Infierno. Este requerimiento habría 
				molestado al intendente de la localidad, Marcelo Piccoli, quien 
				–según su versión- habría solicitado la intervención de la jueza 
				Strizick.  
				 
				En diálogo con Fopea, esta Magistrada dijo haber actuado 
				amparada en el código de faltas: Art 59 inciso G (ver más abajo) 
				y aclaró que lo que motivó los allanamientos fue que en los días 
				previos se acercaron denunciantes con “material probatorio”, más 
				precisamente, grabaciones. Se trataría de un docente, varios 
				concejales y el intendente, entre otras personas. Según la 
				jueza, en dichas grabaciones, que actualmente forman parte del 
				expediente, se escuchan actitudes discriminatorias, insultos, 
				agravios y acusaciones de todo tipo.  
				 
				La Magistrada aseguró que intervino en forma preventiva: “Actúe 
				para mantener la paz social, había vecinos que me decían que 
				sino actuábamos nosotros lo iban a hacer ellos, e iba a terminar 
				alguien muerto”. “Hay un código de procedimiento que me 
				habilita, hay un choque entre el código de falta y la 
				constitución provincial, pero actualmente hay un órgano 
				correccional que está evaluando los hechos”.  
				 
				En tanto, el día 10 de enero, el ministro de Justicia de Chaco, 
				Juan Manuel Pedrini, convocó a la jueza, al intendente y a los 
				imputados. En la reunión que tuvo lugar en el Hotel Waloc de 
				Saenz Peña, también participó el gobernador de la Provincia, 
				Jorge Capitanich. Según relató Strizick, “fue una reunión 
				informal, donde se escuchó a las diferentes partes y se acordó 
				agilizar los medios para que la radio vuelva salir al aire, 
				consensuando la paz social”. El Ministro se habría comprometido 
				a prestar toda la ayuda para que se vuelva a habilitar la Radio 
				que funcionaba normalmente hasta el día 31 de diciembre, y por 
				su parte, la Magistrada se habría expresado de igual manera.  
				 
				FOPEA reclama a las autoridades pertinentes que no actúen 
				limitando la libertad de expresión con medidas como el decomiso 
				y secuestro de equipos técnicos que permiten el funcionamiento 
				de esas emisoras. Además reclama que se modifique, por 
				anacrónico y manifiestamente inconstitucional, el Código de 
				Faltas de la provincia del Chaco que en su capítulo “Faltas 
				contra la credulidad pública” sostiene –en su artículo 59, 
				inciso G- que “será sancionado con arresto de hasta 120 días o 
				multa equivalente en efectivo de hasta 20 remuneraciones 
				mensuales mínimas, vital y móvil….  
				 
				G) El que a través de medios escrito/oral o televisivo difunda a 
				la población noticias falsas, respecto de algún hecho o 
				circunstancia tendiente a desmerecer a una persona o 
				institución, siempre que no sea calificable como delito”.  
				 
				Ese texto no sólo contradice las disposiciones legales a nivel 
				internacional y local, sino hasta la propia Constitución 
				Nacional y la de la provincia del Chaco.  
				 
				Por su parte, FOPEA también quiere hacer especial hincapié en la 
				responsabilidad con la que debe ser ejercida la profesión 
				periodística, brindando a los ciudadanos información de calidad, 
				sin agravios, insultos o discriminaciones.  
	Fuente: Fopea 
              
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