condenan a america tv y una productora por mostrar a dos mujeres
durante un velorio
06-DIC/2011
La Cámara Civil
condenó a una productora de televisión y América TV a indemnizar
con 30 mil pesos a dos mujeres por haber difundido sus imágenes
durante un velatorio en el programa conducido por Horacio Cabak.
Los límites a la libertad de expresión y la intromisión en la
esfera privada.
La sala L de la
Cámara Civil, integrada por José Luis Galmarini y Marcela Pérez
Pardo (Liberman no firmó por encontrarse de licencia), condenó
al canal de televisión América TV y a la productora “La Subida
S.R.L.” a indemnizar a dos mujeres cuyas imágenes se difundieron
sin autorización en un programa televisivo.
Se trata de la causa “CO c/ América TV SA s/ daños y perjuicios”
que se inició luego de que el programa titulado “Cronicas
Picantes”, conducido por Horacio Cabak, difundiera en noviembre
del 2005 las imágenes de dos mujeres que se encontraban en el
velatorio de la hija de una de ellas.
Los camaristas consideraron que “divulgar imágenes sin el
consentimiento expreso de las personas filmadas comporta una
violación del derecho a la imagen si se exhiben aspectos de la
vida privada de esas personas –como ser el velatorio de un
familiar importando una intromisión en la intimidad, que
configura un hecho ilícito por el que se debe responder”.
En primera instancia, se admitió la demanda y se condenó a
América Televisión S.A. y a la productora “La Subida S.R.L.” a
pagar a una de las mujeres 12 mil en concepto de daño moral y 4
mil pesos a la otra.
El sobrino de una de las demandantes prestó testimonio afirmando
que “vio las imágenes que repitieron del velatorio de su prima
en un programa de Horacio Cabak emitido por América TV” y vio a
su tía “llorando” y que también enfocaron a otras primas de él y
a otros familiares”. Y aclaró que “no había conexión entre el
robo que se mencionaba en la nota y el fallecimiento de su
prima”. Es que en el programa el tratamiento del tema se había
titulado “Gitana bendijo el dinero de una mujer y se lo robó”.
Tanto América TV, como la productora, sostenían que “no ha de
tenerse en cuenta esta prueba por tratarse de un único testigo y
porque es el sobrino de la co-actora”. Sin embargo, los
camaristas explicaron que aunque “es cierto que el testimonio
debe ser valorado con mayor rigor en tanto se trata de un
testigo único”.
Agregando que “el hecho de que el testigo sea el sobrino de la
actora tampoco le resta credibilidad a sus dichos” para los
jueces es indudable que “quienes se encuentran en condiciones de
declarar qué personas se mostraban en el programa televiso, son
allegados o conocidos de las actoras y no por ello
necesariamente debe descreerse de los dichos del testigo”.
Ello, sumado a que la empresa jamás presentó los videos sobre el
hecho, consideró “cierto” que las demandantes “aparecieron en el
programa ‘Crónicas Picantes’, dado que así lo declaró el testigo
y fueran identificadas por el magistrado al trasmitir la cinta
de video acompañada por la actora”.
“La responsabilidad de un canal de televisión debe juzgarse
también conforme a la idea del aprovechamiento económico, porque
es justo que quien obtiene beneficios que comparte con el
productor, soporte también los riesgos inherentes” consignaron
los jueces sobre la responsabilidad del canal ya que “debe
responsabilizarse a América TV por la reproducción de las
imágenes de las actoras en el velatorio”.
Además los magistrados decidieron aumentar los montos
indemnizatorios dispuestos en primera instancia a 30 mil pesos,
20 mil pesos para una de las mujeres y 10 mil para la otra.
Fuente: Diario Judicial
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