Inicio

Archivo de Notas Base de Datos Marco Normativo Contacto

 

el gobierno reglamento la distribucion de espacios de propaganda para las elecciones primarias abiertas

15-ABR/2011

A través de tres decretos publicados hoy en el Boletín Oficial, el gobierno reglamentó el régimen de elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, que se aplicará por primera vez el 14 de agosto próximo, de cara a los comicios nacionales del 23 de octubre.


Se trata de los decretos 443, 444 y 445, que establecen la reglamentación general de las primarias, los criterios para la confección de las boletas y la distribución de los espacios en los medios de comunicación, respectivamente.

En su artículo 3º, el Decreto 445 indica que los servicios de comunicación audiovisual deberán ceder "el diez por ciento de doce horas de programación", entre las 7 y la 1, para la difusión de anuncios electorales durante los períodos de campaña de cara a las elecciones primarias y las nacionales.

A los efectos de distribuir esos espacios, la norma reglamentaria dispone la conformación de cuatro franjas horarias: la primera, de 7 a 12; la segunda, de 12 a 16; la tercera, de 16 a 20; y la cuarta de 20 a 1.

En el caso de los medios televisivos, considera "central" la franja nocturna, mientras que, en el caso de las radios, establece como central la franja de 7 a 12.


Volver

        Se autoriza la reproducción del material periodístico si se menciona la fuente RADIODIFUSIONdata