Inicio

Archivo de Notas Base de Datos Marco Normativo Contacto

 

ROLANDO HANGLIN LE GANO UN JUICIO MILLONARIO A RADIO CONTINENTAL

22-SEP/2010

El periodista y conductor Rolando Hanglin ganó un juicio laboral a Radio Continental por el que cobrará más de cinco millones de pesos por haber sido despedido de la emisora en 2006.

Según fuentes judiciales, la Sala Décima de la Cámara Laboral condenó a LS4, Radio Continental, a pagarle a Hanglin en concepto de indemnización por despido la suma de 3.173.021 pesos, más los intereses de los últimos cuatro años, lo que eleva la cifra a unos 5,3 millones.



El fallo reconoce que el periodista "fue contratado en su calidad de periodista profesional para desempeñarse en la conducción de programas periodísticos y de actualidad emitidos por la emisora".

De esta manera, reconoce los derechos de los trabajadores de prensa contratados como "locadores de servicio" y por fuera de la relación de dependencia, como ocurrió en el caso del conductor.

Los magistrados Daniel Storini y Gregorio Corach, reconocieron que la empresa lo contrató bajo la denominación de “locación de servicios, dejando expresamente estipulado que el contrato no implicaba la existencia de vínculo o relación laboral”.

Sin embargo, indicaron que esas argumentaciones caían ante el "principio de primacía de la realidad".

Los camaristas reivindicaron que “la prestación personal de tareas torna aplicable la presunción acercad de la existencia de un contrato de trabajo, aún cuando se utilicen figuras no laborales para caracterizar el contrato”.

Hanglin "se incorporó a través de la prestación de su trabajo personal a una empresa ajena que se apropiaba de los frutos del mismo a cambio del pago de una remuneración circunstancias éstas que constituyen un contrato de trabajo, cualquiera sea la denominación", subraya la resolución.

Para los jueces, la relación entre trabajador y empresa, representada por el estudio de abogados laboralistas Funes de Rioja, "constituyó un contrato de trabajo" enmarcado "en las previsiones del estatuto de periodistas profesionales".

Además, rechazó los argumentos de la radio en torno a que Hanglin no reclamó por esa situación: "la ausencia de reclamos del accionante durante el transcurso de la vinculación contractual carece de relevancia por aplicación del principio de irrenunciabilidad".

Fuente: DyN


Volver

        Se autoriza la reproducción del material periodístico si se menciona la fuente RADIODIFUSIONdata