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				chile. 
				la air rechaza proyecto de ley sobre cuota de musica nacional en 
				radios 
              22-NOV/2010 
              La 40ª 
				Asamblea General de la Asociación Internacional de 
				Radiodifusión, AIR, reunida en Cádiz, España, resolvió el 9 de 
				noviembre "Solicitar al Senado de la República de Chile que no 
				se instaure en ese país una norma que vulnera la Libertad de 
				Expresión y de programación de las radioemisoras, ni mecanismos 
				de control y sanción que se puedan prestar para ejercer 
				presiones discrecionales sobre los medios radiofónicos". Esto se 
				debe a que en dicho país existe una moción parlamentaria que 
				propone obligar a las radios a emitir un 20% de música nacional. 
				 
				Los considerandos del documento 46 de la AIR señalan: 
				 
				Que la Constitución Política del Estado de Chile garantiza la 
				Libertad de Expresión (Art. 19 Nº. 12) la libre iniciativa 
				económica (art. 19 Nº 21) y la igualdad ante la ley (art. 19 Nº 
				22) derechos fundamentales que se verían seriamente restringidos 
				si llegase a aplicarse el proyecto de ley en comento. 
				 
				Que las radioemisoras programan su música en función de las 
				preferencias de sus audiencias, siguiendo criterios técnicos que 
				son parte esencial de su quehacer, en tanto el público tiene la 
				opción de elegir entre una amplia gama de propuestas 
				programáticas, todo lo cual posibilita la diversidad de medios y 
				contenidos orientados al público, en un ambiente de plena 
				libertad de expresión y programación. 
				 
				Que la imposición de cuotas de música a la radiodifusión de 
				libre recepción, discrimina negativamente a la radiodifusión 
				chilena respecto de otros soportes y fuentes de acceso a la 
				música, como son hoy en día la Internet, la televisión abierta y 
				por cable, la telefonía celular y los dispositivos de 
				almacenamiento electrónico, perjudicando la competitividad y la 
				sustentabilidad de la radiodifusión de recepción libre y 
				gratuita. 
				 
				Que las radios chilenas pagan al monopolio encargado de la 
				recaudación y distribución de los Derechos de Autor y Derechos 
				Conexos, entre un 2 y un 3,5 % de su facturación mensual, por el 
				uso de la música libre y sin restricciones del repertorio que 
				ellos dicen representar, siendo inaceptable que además de pagar 
				por el uso de la música, se obligue a las radios a utilizar 
				determinadas cuotas específicas o preferentes de la misma. 
				 
				Que siendo el espectro radioeléctrico un patrimonio de la 
				humanidad, su administración desde una perspectiva técnica exige 
				de los Estados una normativa técnica que garantice el 
				cumplimiento de los estándares técnicos acordados en los 
				tratados internacionales, pero en ningún caso ello puede servir 
				de pretexto para alterar el principio de neutralidad de los 
				contenidos, que es esencial para el funcionamiento de un sistema 
				de medios libre y competitivo. 
				 
				Que entregar a las administraciones la facultad de sancionar con 
				multas y otras sanciones por el incumplimiento de exigencias tan 
				difusas como porcentajes de música, constituye un riesgo serio 
				para el ejercicio de presiones y que amenacen la independencia 
				editorial de los medios. 
              
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