la
secom reglamento el mecanismo de migracion de usuarios de
fibertel a nuevos prestatarios
26-AGO/2010
La Secretaría de Comunicaciones estableció el mecanismo que
deberán emplear los prestadores de prestadores de Servicio de
Valor Agregado y/o Internet que reciban a aquellos usuarios y
clientes que decidan migrar los servicios que brinda FIBERTEL
SOCIEDAD ANÓNIMA, cuya licencia fue anulada la semana próxima
pasada y cuenta con 90 días para desafectar su cartera de
clientes.
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Así consta en la
Resolución 102 publicada en el Boletín Oficial el 25 de agosto.
En esencia la norma señala que el prestatario del ex usuario de Fibertel no podrá percibir bajo ningún concepto derechos de
conexión, de instalación, alquiler de módem, y/o cualquier otro
cargo de acceso al servicio, independientemente de la
denominación usualmente utilizada por cada prestador.
También la norma en su artículo 2º indica que a los efectos de
resguardar los derechos de los usuarios y clientes, los
prestadores de Servicio de Valor Agregado y/o Internet que
reciban a aquellos usuarios de FIBERTEL SOCIEDAD ANÓNIMA, "no
podrán percibir en concepto de abono y/o cualquier otra
denominación contractual que utilizaran los prestadores, un
valor mayor a aquel que abonaban por la utilización de los
servicios de la ex FIBERTEL SOCIEDAD ANÓNIMA".
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