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la justicia pampeana multa al grupo clarin por tendido de cableado ilegal

04-AGO/2010

El juez provincial de Faltas, Miguel Vagge, confirmar la sanción pecuniaria impuesta por el Juzgado Municipal de Faltas por el tendido ilegal de la fibra óptica. Su resolución sería inapelable.

La firma Multicanal deberá pagar los 125.000 pesos con los que la multó el Juzgado de Faltas de Santa Rosa por el tendido ilegal de la fibra óptica, luego que perdiera la apelación ante el Juzgado de Faltas provincial.




El juez de faltas provincial, Miguel Angel Vagge, resolvió días atrás no hacer lugar al pedido de nulidad de la sentencia presentado por la empresa del Grupo Clarín, que ahora opera como Cablevisión en la ciudad, que fue condenada a pagar esa sanción por haber construido, a través de firmas subsidiarias, la nueva red utilizando las columnas de la Cooperativa Popular de Electricidad y sin la autorización de la comuna.

Vagge indicó que la sentencia municipal al "no revestir ella una violación a garantías esenciales de defensa en juicio o que se traduzca en la restricción de algún otro derecho". De esta manera confirmó la resolución de la jueza Alicia Corral en todos sus aspectos, a excepción del monto de la pena, que según los cálculos del Juzgado provincial debe ser de 125.052,80 pesos. La sentencia fue notificada a las partes el día miércoles. El pronunciamiento y la resolución de Vagge en principio sería inapelable, porque dentro del proceso administrativo se habría cumplido con el criterio de la doble instancia.

Multicanal fue autorizada en agosto de 2009 en forma provisoria por la municipalidad para comenzar con el tendido de la fibra óptica, realizando ese trabajos por tercerización a través de las empresas Earnet, Redes Argentina y Techfar. Pero a fines de diciembre, y al no presentar la licencia otorgante para la prestación del servicio de TV por cable, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos dictó una disposición ordenando el "cese inmediato" de las tareas porque no se había cumplido con la ordenanza 2.486/99, referida al régimen aplicable para el otorgamiento de los permisos de uso y ocupación del espacio aéreo.

Multicanal desoyó la normativa legal y continuó adelante hasta completar, de acuerdo a la CPE, el cableado de doscientas manzanas. Obras Públicas labró actas de infracción contra las tres empresas, pero sólo prosperó el expediente de Earnet. Los responsables de la empresa adujeron que habían sido contratadas por la cablera y que no siguieron con el tendido después del 29 de diciembre, cuando se dictó la disposición municipal.

La jueza Alicia Corral citó a Multicanal, que confirmó esa contratación y presentó un permiso a nombre de Cablevisión para ofrecer el servicio. El tribunal, al evaluar las pruebas, consideró que no era así, que la empresa no tenía la autorización del Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) y procedió a multarla con el equivalente a 80 sueldos del escalafón más bajo del municipio. Así se llegó a los 125.000 pesos. Luego de la sentencia de Corral, la firma rechazó la sanción y apeló a la instancia superior, el Juzgado Provincial, que finalmente falló confirmando la sentencia.

Fuente: diario La Arena

 

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