La titular de la
Asociación Madres de Plaza de Mayo, Hebe de Bonafini, fracasó en
su intento de llevar a juicio al conductor televisivo Roberto
Pettinato, a raíz de una parodia que se realizó el año pasado en
el programa "Un mundo perfecto" que se emite por LS86 TV canal 2
y es co-producido por la empresa GP. La Cámara del Crimen
confirmó el archivo de la causa por "inexistencia de delito", y
el fallo acaba de adquirir fuerza de "cosa juzgada", es decir
que ya no hay posibilidades de continuar adelante con el
expediente.
Una fotografía de
Bonafini con un sobreimpreso dinámico en su boca aparecía en
pantalla emitiendo conceptos gravísimos e insultos de todo tipo,
en lo que se insinuaba como una "parodia" de tono humorístico
que disgustó a la titular de Madres.
A raíz de ello, presentó la acción judicial que fue desestimada
en primera instancia por el juez en lo correccional Raúl García,
y la decisión fue confirmada ahora por la Sala Quinta de la
Cámara, con las firmas de los jueces Rodolfo Pociello Argerich y
Mirta López González. "Es necesario, a fin de valorar las
expresiones que se reputan injuriosas o calumniosas, y verificar
el alcance que su autor pretendió darles, tomar en consideración
el contexto, lugar y demás circunstancias en que fueron
proferidas", analizaron los camaristas.
En ese sentido, consideraron que "no se vislumbra que se
pretendiera poner en duda la honra o el crédito" de Bonafini.
"Se trata de una parodia, y tan grotesca la personificación que
de ella se efectuó, que resulta impensado que alguien pueda
confundirla, y de esta forma sospechar que se buscó adjudicarle
una condición ajena a su persona con el objeto de difamarla",
subrayaron.
Al analizar la "parodia", los camaristas consideraron que "lo
grotesco, chabacano o grosero puede estar reñido con la ética o
el buen gusto, pero en modo alguno puede excitar la competencia
penal". Además, destacaron que "el reconocimiento público (de
Bonafini) asegura que en general se tenga una opinión formada en
relación a su persona, que no se modifica con esta exposición en
tanto no se advierte que se pretenda poner en duda el crédito de
la querellante, más aún cuando no se le ha atribuido ninguna
cualidad especial".