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MALA Y NUEVA LEY DE MEDIOS"
(CORREO DE LECTORES)
08-SEP/2009
De mi mayor consideración y respeto por la presente el que suscribe Néstor Jorge Gil, DNI 12.205.537 , TE 0385 – 154309347, E-mail fmdelcielotaboada@hotmail.com , con domicilio en calle publica de Estación Tabeada, Dpto. San Martín de la Provincia de Santiago del Estero se dirige a ustedes atento al tratamiento de una nueva ley de radio difusión quiero exponer humildemente un ítem que en la ley anterior no se tenia en cuenta, este es el de las emisoras de Radio de Frecuencia Modulada ubicadas en pequeñas poblaciones donde estas no son un mero negocio sino que representan la vida cotidiana de esa localidad, en el caso de la emisora de mi propiedad FM “Del cielo” ubicada en el 94.3 Mhz. del dial, en la localidad de Estación Taboada, Dpto. San Martín de la Provincia de Santiago del Estero, esto se debe a los siguientes eventos que gratuitamente se emiten y son esperados por la gente que se encuentra dispersa en los parajes de influencia:
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Ø Comunicados de la sala de primeros auxilios sobre entrega de leche a niños de bajo peso, horarios de atención de los distintos especialistas, campañas de vacunación, visitas de los agentes sanitarios, etc.
Ø Comunicados de la policía provincial sobre personas buscadas, campañas de prevención, etc.
Ø Comunicados de las distintas comunidades educativas sobre actos, llamados a reunión, exámenes, inicio de inscripciones o periodos recuperatorios, etc.
Ø Comunicados de las distintas comunidades religiosas e intermedias como clubes, cooperativas, comisiones barriales.
Ø Fallecimientos, cumpleaños, misas.
Ø Campeonatos o reducidos a beneficio de personas enfermas que necesitan recaudar fondos para remedios o costos de viajes.
Estos eventos difundidos son para la gente de la localidad pero mas son emitidos para la gente que vive en los parajes que por las distancias y el estado de los caminos se manejan con la certeza de bajar a la localidad con los datos recibidos a través por de la radio.
Como se puede ver estas acciones comunitarias no pueden ser suplidos por emisoras ubicadas en las grandes ciudades ya que por la distancia no es posible la entrega de esos comunicados y por el mismo motivo a veces se hace difícil la recepción de las emisoras.
En la NUEVA LEY se habla de imponer la difusión de obras de autores argentinos, hechos culturales y campañas de bien publico como el HIV, vacunación y otros, esta acción hace al desconocimiento del accionar de las emisoras y su programación, porque? PORQUE en mi emisora y es comprobable desde 1995 se sigue la siguiente línea:
HORARIOS DE PROGRAMACIÓN
· 05,00 A 07,00 – FOLCLOR ( Considerando folclor a todos los ritmos nacionales chacareras, zambas, huaino, bailecito, jota cordobesa, vals, canciones, milongas, recitados, chamames y otros)
· 07,00 a 08,30 - música en castellano del recuerdo – del 60 al 80
· 08,30 a 09,30 -Tangos ( incluyendo milonga y vals)
· 09,30 a 10,00 - varios ( pasodobles, mariachis, tarantelas, música árabe, salsa, música del Paraguay y otras).
· 10,00 a 12,30 – FOLCLOR ( Considerando folclor a todos los ritmos nacionales chacareras, zambas, huaino, bailecito, jota cordobesa, vals, canciones, milongas, recitados, chamames y otros)
· 12,30 a 17,00 - música tropical, regatón, rock nacional y latina-
· 17,00 0 19,00 – FOLCLOR ( Considerando folclor a todos los ritmos nacionales chacareras, zambas, huaino, bailecito, jota cordobesa, vals, canciones, milongas, recitados, chamames y otros)
· 19,00 a 21,00 30 - música en castellano del recuerdo – del 60 al 80-
· 21,00 a 24,00 - música tropical, regatón, rock nacional y latina-
Ø intercaladas con la música con una duración de entre 30 y 60 segundos se ubican:
a) Efemérides diarias
b) Campañas contra el tabaquismo, la automedicación, el manejo por parte de los menores y remedios caseros ante la picadura de insectos o arácnidos, otros
c) Campañas a favor de la lactancia materna, el uso de casco, el respeto, el medio ambiente, la lucha contra el cáncer de próstata y mamas, SIDA, vacunación y otras.
d) Grageas – Micro de cultura general -
Por estos motivos es que se debe planificar y discriminar las medidas técnicas de estas emisoras pues estas son una solución y no un problema ya que la ley de radio difusión básicamente pretende el ordenamiento de espacio aéreo de comunicación para evitar interferencias, superposición de frecuencias, riesgos de vida ( por antenas defectuosas en sus tramos o tiros de sostén, choque con aeronaves, etc ), eventos que en las emisoras del interior no suceden como en el caso de la mía ubicada en Estación Taboada, Dpto. san Martín, Provincia de Santiago del estero ya que:
a) Esta es de baja potencia 300 Watt ( reales 250 Watt )
b) No existen en la zona de influencia otras emisoras, ni sistemas de Televisión por cable, ni radios de bomberos, defensa civil o medica, solo la radio policial y esta trabaja en otro tipo de frecuencia por lo que la interferencia es imposible.
c) La torre de transmisión es baja 21 metros desde el suelo, por lo que los riesgos son mínimos ya que por su altura no representan un riesgo para aeronave alguna, el peso de la torre es bajo ya que se realizo con hierros del 0,80, 0,10, 0,60, lo que implica una mínima posibilidad de corte de tiros o caídas por resistencia al aire.
d) El consumo energético es bajo alcanzando raras veces los 1000 Kw. bimestrales.
e) Etc.
Además al realizar exigencias técnicas o impositivas se bebe tener en cuenta que:
a) Los equipos fueron comprados por mi legalmente sin falsear o violar ninguna ley existente, lo que demuestra que existía una venta libre lo que llama a una inversión licita para generarme una fuente de trabajo e ingresos.
b) Pago regularmente la A.F.I.P
c) Rentas de la Provincia de Santiago del Estero me exceptúo del pago del impuesto al ingreso bruto por la norma vigente para radio difusoras – reconociéndome como tal-
d) Las publicidades son de bajos montos, ya que los comercios que publicitan son tipo barriales y abonan publicidades de $20.-, $30.-, $50.- y casos excepcionales como la Comisión Municipal o municipalidad 100.- pesos, por lo que los montos económicos manejados son de entre $600.- y $1000.- mensuales a lo que hay que descontar el pago de impuestos, luz y agua.
Por lo expresado es que solicito humildemente no se cercene la posibilidad a poblaciones chicas como la nuestra de tener un medio de comunicación local que refleje las necesidades de toda la comunidad.
No somos multinacionales, solo somos radios locales pero de morir moriremos de pie, es nuestro trabajo, es nuestra vocación y es nuestro derecho ser escuchados y tenidos en cuenta.
Causa sorpresa cuando uno lee la nueva ley habla de las nuevas tecnologías cuando en nuestra localidad como en muchísimas otras de todo el interior de nuestro país no existe telefonía fija, no existe servicio de Internet ni siquiera por MODEM ( estos no funcionan) y el 50% de la población utiliza radios o televisiones a batería ya que no poseen energía eléctrica.
Si usted lo desea puedo hacerle llegar copias de notas de instituciones, avisos de defunciones, llamados a misas, otras y copia de nuestras efemérides y micros.
Desde ya espero no sea tedioso entender mi situación ante esta ley la cual considero discriminatoria, totalmente inaplicable en nuestro interior, atentativa contra las libertades que dice defender ya que con las imposiciones técnicas y edilicias se hace inalcanzable para emisoras de pequeñas dimensiones como la mía y tiende a monopolizar la difusión a través de aquellos que disponen de recursos económicos evento que ya sucedió en 1998 cuando los pliegos y valores técnicos eran prohibitivos.
v Ademas atenta contra la igualdad de oportunidades y ejerce una competencia desleal porque:
a. La Ley propone que cada municipalidad posea una emisora y debemos pensar que estos podrán disponer de las mejores tecnologías a costa de dinero que a través de los impuestos aportamos todos, mientras que los particulares son sus únicos inversores.
b. Estas emisoras, las municipales no tendrán costos fijos como luz o impuestos ya que estos saldrá del presupuesto de cada organismo mientras los particulares deben afrontar estas erogaciones de su propio peculio.
c. Ídem sucede con el personal ( si utilizan) y lo que es mas grave se habla de comercialización no hace falta decir que no solo por menores costos tendrán ventajas de captación en la venta de publicidades por la retribución de acciones y la posibilidad de ser por parte del comerciante proveedor del estado. No hablemos de la publicidad oficial la cual sera suspendida en el caso puntual de las municipalidades que hoy usas las emisoras locales para difundir sus actos de gobierno y demas.
No existe capacidad de aplicación posible y se busca matar las pequeñas emisoras, dejar a muchas personas sin trabajo y con la real posibilidad de trastocar y violar los preceptos de las Constituciones Nacional y Provincial que prevén protección a los bienes, el trabajo, la libertad de expresión, sin olvidarse de pactos existentes POR ESTO DESEO QUE SE ACTUE EN CONSECUENCIA PORQUE NO SE DEBE ESPERAR QUE SE AVASALLEN LOS DERECHOS PARA DEFENDERLOS Y DEFENDER Y AMPARAR A QUIENES SERAN DIRECTAMENTE AFECTADOS .
Muchas gracias
NÉSTOR JORGE GIL
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