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sentencia obliga a cablero que solo utilice la estructura de cooperativa para dar tv

24-sep/2009

La Justicia Civil de Córdoba, ante un planteo formulado por el abogado Miguel Julio Rodríguez Villafañe, en representación de la Cooperativa de Servicios Públicos y Sociales de Luque, ordenó a TV5 Cable Sat Luque que sólo utilice el cableado de fibra óptica montado sobre la infraestructura perteneciente a la cooperativa para brindar el servicio de televisión por cable y no para dar otros servicios, como el de internet o telefonía. Todo ello bajo apercibimiento de multas y sanciones penales, de no acatarse lo ordenado. Así lo informó Prensa Cooperativa.



El fallo lo firmó la jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 de la ciudad de Córdoba, Maria de las Mercedes Fontana de Marrone, al hacer lugar al planteo judicial cautelar formulado por el doctor Rodriguez Villafañe, que patrocina a la Cooperativa de Luque.

La magistrada determinó que TV5 Cable Sat Luque “se limite a utilizar el cableado (fibra óptica) montado en la infraestructura de la Cooperativa de Servicios Públicos de Luque Limitada para la prestación del servicio de televisión por cable, absteniéndose de utilizarlo para la prestación de cualquier otro servicio que no sea el convenido por las partes en el contrato celebrado con fecha seis de abril del corriente año, tales como Internet, telefonía, seguridad, monitoreo urbano y teleconferencia”.

Seguidamente, la jueza cordobesa le hace saber que “en caso de no cumplir la medida dispuesta, se hará pasible de la aplicación de una sanción pecuniaria equivalente a 10 ius ($ 621, a la fecha del presente decreto) hasta tanto de cumplimiento a lo ordenado (Art.66, Código Civil) y de comunicar el incumplimiento a la justicia penal, ante la imposibilidad de que el incumplimiento de la orden judicial pueda constituir la comisión de un delito”.

Prensa Cooperativa señala que "la acción deducida por el doctor Rodríguez Villafañe tuvo su origen en la actitud del cablero que, más allá de la autorización que tenía para brindar exclusivamente televisión por cable, utilizando la infraestructura de postes que se le alquiló a precio irrisorio, comenzó a brindar Internet sin autorización de la cooperativa, cuando este servicio de Internet también lo brinda la cooperativa, en conjunto con la Cooperativa de Villa del Rosario y se ha efectuado una importante inversión en ello".

La publicación resalta que las empresas cableras en muchísimos casos utilizan la infraestructura de las cooperativas, pagando un alquiler irrisorio y, en numerosos casos, no pagando un centavo, como sucede, por ejemplo, en la ciudad bonaerense de Balcarce, donde CableVisión-Multicanal no le paga a la cooperativa eléctrica desde el año 2006.

"¿Competencia desleal o esgrimir falsos argumentos para evitar la competencia leal?" se pregunta Prensa Cooperativa.


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