la
cidh condeno a venezuela por las agresiones a trabajadores de rctv
y globovision
11-MAR/2009
La Asociación Internacional de Radiodifusión envió un comunicado de prensa este
viernes 6 donde califican de "importante" la sentencia "definitiva e inapelable" de
la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó al Estado
venezolano "por los ataques y agresiones a los periodistas, trabajadores y
directivos de Radio Caracas Televisión y Globovisión".
Manifestó que las sentencias "incorporan nueva Jurisprudencia hemisférica en
materia de Libertad de Expresión, estableciendo criterios de especial significación
que resultan vinculantes para los países miembros de la OEA".
El texto completo
del comunicado es el siguiente
La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió sentencia definitiva e
inapelable en los juicios que conoció contra el Estado venezolano por los ataques
y agresiones a los periodistas, trabajadores y directivos de Radio Caracas
Televisión (RCTV) y Globovisión.
En estos fallos la Corte determinó que las autoridades nacionales incumplieron su
obligación de garantizar la libertad de buscar, recibir y difundir información y el
derecho a la integridad física de los trabajadores de RCTV y Globovisión, quienes
denunciaron haber sido víctimas en los últimos nueve años de múltiples
amenazas y ataques por parte de simpatizantes del presidente Hugo Chávez.
En el dictamen se ordenó al Poder Ejecutivo de Venezuela, al Ministerio Público y
a los Tribunales, conducir eficazmente y dentro de un plazo razonable las
investigaciones y procesos penales abiertos a nivel interno que se encuentran en
trámite, así como los que se abran en lo sucesivo, para determinar las
correspondientes responsabilidades por los hechos de este caso y aplicar las
consecuencias que la ley prevea.
Es oportuno mencionar que en los dos Juicios promovidos ante la Corte por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la AIR compareció en calidad de
"Amicus Curia"
Estas Sentencias incorporan nueva Jurisprudencia hemisférica en materia de
Libertad de Expresión, estableciendo criterios de especial significación que
resultan vinculantes para los países miembros de la OEA. A vía de ejemplo
citamos dos párrafos de la Sentencia en el caso Luisiana Rios y otros (RCTV) vs.
Venezuela que establecen:
"148. No obstante, en los contextos en que ocurrieron los hechos del presente
caso (supra párrs. 121 a 126), y al observar la percepción que de ese medio de
comunicación han expresado tener autoridades estatales y ciertos sectores de la
sociedad, es posible considerar que dichos pronunciamientos de altos
funcionarios públicos crearon, o al menos contribuyeron a acentuar o exacerbar,
situaciones de hostilidad, intolerancia o animadversión por parte de sectores de
la población hacia las personas vinculadas con ese medio de comunicación. El
contenido de algunos discursos, por la alta investidura de quienes los
pronunciaron y su reiteración, implica una omisión de las autoridades estatales
en su deber de prevenir los hechos, pues pudo ser interpretado por individuos y
grupos de particulares de forma tal que derivaran en actos de violencia contra las
presuntas víctimas, así como en obstaculizaciones a su labor periodística".
(subrayados agregados)
"149. La Corte considera que, en la situación de vulnerabilidad real en que se
encontraron las presuntas víctimas para realizar su labor periodística, conocida
por las autoridades estatales, algunos contenidos de los referidos
pronunciamientos son incompatibles con la obligación estatal de garantizar los
derechos de esas personas a la integridad personal y a la libertad de buscar,
recibir y difundir información de esas personas, al haber podido resultar
intimidatorios para quienes se hallaban vinculados con ese medio de
comunicación y constituir faltas al deber de prevenir situaciones violatorias o de
riesgo para los derechos de las personas". (subrayados agregados)
Acompañamos como anexo, Comunicados de Radio Caracas Televisión - RCTV -
Globovisión con motivo de estos importantes fallos del máximo Tribunal
hemisférico en Derechos Humanos.
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