nuevo
canon para la tv, decreto otorgo el derecho de autor a los
directores de cine
27-FEB/2009
A través del Decreto 124 la presidente Cristina Fernández le dió reconocimiento legal a la asociación civil DIRECTORES ARGENTINOS CINEMATOGRAFICOS (D.A.C.) - Asociación General de Directores Autores Cinematográficos y Audiovisuales para percibir y administrar las retribuciones previstas por la Ley de Propiedad Intelectual a los autores directores, por cualquier tipo de explotación, utilización, puesta a disposición interactiva o comunicación al público en cualquier forma de sus obras audiovisuales fijadas en cualquier soporte. Ahora falta que la Secretaría de Medios de Comunicación
fije los aranceles o la retribución que deben abonar los usuarios a DAC.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial el 24 de febrero
y su firma se realizó el viernes 20 en un acto en la Quinta presidencial de Olivos ante 400 invitados.
Se trata del
reconocimiento del derecho de autor al director de una obra
cinematográfica o de cualquier formato audiovisual. Es que la Ley
de Propiedad Intelectual sólo incluye al autor del argumento y al
productor en la tutela jurídica. Para DAC el decreto finaliza con
60 años de reclamos.
DIRECTORES ARGENTINOS CINEMATOGRAFICOS (D.A.C.) Asociación General de Directores Autores Cinematográficos y Audiovisuales
queda facultada para recaudar aquellas retribuciones que generen las obras de los autores directores
cinematográficos y/o audiovisuales extranjeros en territorio nacional conforme a la legislación
argentina, para lo cual deberá suscribir los pertinentes acuerdos
de reciprocidad con cualquier entidad homóloga en el extranjero y
con carácter preferencial con aquellas que operen en países en
los que los autores directores cinematográficos y audiovisuales
argentinos gocen de un nivel mínimo de protección.
Por lo tanto, DAC queda habilitada para recibir de las entidades de gestión extranjeras, a través de la suscripción de
esos acuerdos de reciprocidad, las retribuciones que los autores directores cinematográficos y audiovisuales nacionales hayan generado en el extranjero conforme a sus respectivas legislaciones.
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