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				Amplian a 70 años los derechos de propiedad de los interpretes 
				en sus grabaciones 
              
                
				21-DIC/2009 
              Este lunes 14 fue 
				publicado en el Boletín Oficial el Decreto por el cual la 
				presidente Cristina Fernández de Kirchner promulgó la
				Ley 26.570 que extendió los 
				derechos de protección de la propiedad intelectual de las 
				grabaciones en 20 años más, a 70 tal como pedían desde el sector 
				artístico.  
              
                
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              Se trata de un 
				proyecto de ley elaborado por los senadores Miguel Pichetto, 
				José Pampuro, Ernesto Sanz, Pedro Guastavino y Liliana Fellner.
				 
				 
				"No existe en el texto vigente de la ley 11.723, una disposición 
				expresa que se refiera al plazo de protección legal de las 
				interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas, ni al 
				término de protección de los fonogramas, habiéndose interpretado 
				respecto de éstos últimos, que dado que en general corresponden 
				a la propiedad intelectual de personas jurídicas, rige el plazo 
				genéricamente establecido en el articulo 8° de la ley 11.723, de 
				cincuenta años contados desde su publicación" señala uno de los 
				argumentos que acompaña el proyecto de ley redactado por los 
				legisladores. 
				 
				"La caída en el dominio público de los fonogramas – y 
				consiguientemente de las interpretaciones o ejecuciones fijadas 
				en los mismos de acuerdo a la interpretación mayoritaria- está 
				teniendo nociva repercusión en el efectivo ejercicio de los 
				derechos de interpretes y productores de la ley 11.723 y de las 
				Convenciones Internacionales de la que la Argentina es parte" 
				agrega el documento. 
				 
				La Ley 26.570 incorpora un artículo 5º bis para extender a 70 
				años el plazo de protección legal de las grabaciones y resalta 
				que los fonogramas e interpretaciones que se encontraren en el 
				dominio público sin que hubieran transcurrido los plazos de 
				protección previstos en esta ley, volverán automáticamente al 
				dominio privado por el plazo que reste, y los terceros deberán 
				cesar cualquier forma de utilización que hubieran realizado 
				durante el lapso en que estuvieron en el dominio público. 
              
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