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REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE LA IGLESIA CATOLICA en la REPUBLICA ARGENTINA

05-SEP/2008

En 2005 el entonces interventor en el COMFER, Julio Donato Bárbaro, firmó la Resolución 1017 que contiene como anexo el Reglamento de los Servicios de la Iglesia Católica. El acto administrativo nunca fue publicado en el Boletín Oficial. Horacio Verbitsky hizo mención de la medida en una columna en el periódico ultraoficialista Página 12 del 24 de agosto.

Cabe recordar que la Resolución del COMFER 858/90 (tampoco fue publicada en el Boletín Oficial) autorizó a la Iglesia Católica a ser sujeto de servicios de radiodifusión. 

Los puntos destacados del Reglamento son:

- Se autorizan a Iglesias Particulares (Diócesis, Prelatura, Abadía, Vicariato, Prefectura Apostólica, Administración Apostólica, etc.) a explotar estaciones.
- Hasta un servicio de radiodifusión de televisión o sonora por localización, independientemente de la figura jurídica particular.
- Las estaciones, cualquiera fuese su naturaleza, no deberán superponer sus respectivas áreas primarias de servicio. 
- Abstenerse de incurrir en cualquiera de las modalidades estipuladas en el artículo 67 de la Ley de Radiodifusión (delegación de la explotación).
- Los contenidos deben tener “un fin congruente con su misión, vinculada con obras de piedad, apostolado o caridad”.
- El incumplimiento de alguno de los puntos del Reglamento es considerado falta gave, sancionado con la caducidad de la autorización.

"La gran mayoría las radios y televisoras de la Iglesia Católica 'no transmiten contenido religioso y en el Gran Buenos Aires muchas radios son alquiladas a bailantas', afirma un especialista de ATA. 'Como la Iglesia y las universidades no tienen que concursar para obtener una licencia, más de un particular le pedía al párroco amigo que le consiguiera una banda y a cambio le pasaba la misa en la radio,' explicó en 2005 un funcionario del COMFER. El obispado de Mar del Plata trasmitía la programación completa de FM Hits Continental, de la Capital Federal. Para evitar una sanción, el obispado reconoció la infracción y dejó sin efecto el contrato no autorizado por el COMFER", señala un pasaje de la columna escrita por Verbitsky.


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