Denuncian un fraude
millonario en el Acuerdo Preventivo
Extrajudicial de cablevision
11-MAY/2007
Alejandra Gils Carbó denunció en
un dictamen la presunta realización de un fraude
millonario en el Acuerdo Preventivo Extrajudicial
de Cablevisión, la cual era controlada en un 100%
por empresas extranjeras –fondos buitre-, cuando
la ley sólo permite hasta el 30% del paquete
accionario. Se intentó sanear el pasivo mediante
la comisión de diversos delitos: compra de votos,
defraudación a tenedores de acciones clase “b”,
etc.
La Fiscal General
ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Alejandra
Gils Carbó, aconsejó a los jueces revocar la homologación del
Acuerdo Preventivo Extrajudicial –APE- de Cablevisión, en el
cual se evidenciarían una serie de irregularidades que permiten
suponer adecuadamente que una empresa extranjera trató de
defraudar a los acreedores a fin de reducir su pasivo y revenderla
a un precio mayor al que invirtieron.
La sentencia
judicial que homologó el acuerdo que Cablevisión celebró con
sus acreedores para disminuir su pasivo, fue apelada por
acreedores que denunciaron que Cablevisión no había logrado las
mayorías necesarias para el acuerdo, ya que varias de las
empresas acreedoras habían sido comprada por la sociedad
controlante de Cablevisión, la cual es extranjera.
Los votos de las
sociedades que no habían sido compradas habrían sido
directamente comprados sus votos, y que tanto los accionistas como
los acreedores contaban con la representación del mismo estudio
de abogados –Estudio Jurídico Errecondo-, aún cuando sus
intereses eran antagónicos.
Se puso a
conocimiento del agente fiscal de la Cámara documentación
secuestrada del estudio jurídico mencionado, en el cual se daba
cuenta de todas las maniobras realizadas a nivel empresarial para
eludir presuntamente las normas de orden público aplicables, y
poder obtener un rápido beneficio de la especulación pura de
capital en perjuicio de acreedores.
Cablevisión había
emitido acciones de clase “b”, las cuales fueron aprobadas por
el COMFER, pese a que dicho organismo de control no se encontraba
habilitada a aprobar la emisión de acciones a raíz de una medida
cautelar dictada por un juez de la nación. Dichas acciones fueron
adquiridos en la Bolsa de Valores por personas del país y del
mundo.
Cablevisión
presentó un acuerdo preventivo extrajudicial sin tener las mayorías
adecuadas para tal fin, solicitándose la incorporación de una
empresa extranjera al acuerdo. El magistrado de grado, en vez de
rechazar in limine la homologación de dicho acuerdo, otorgó
un plazo para que se celebre una nueva audiencia y se conformen
las mayorías.
Cablevisión,
antes del nuevo acuerdo, habría dado información falsa a los
medios de comunicación, afirmando que el APE había sido
homologado, lo que presionó a los tenedores de las acciones
emitidos a liberarse de las acciones lo más rápido posible a un
menor valor del adquirido, ya que dicho acuerdo le sería oponible
con su quita y su tiempo de espera.
Dichos acciones
fueron compradas por las empresas extranjeras que estaban
interesados en especular financieramente con Cablevisión, y
estaban relacionadas directamente por la empresa controlante de la
deudora, la cual necesitaba disminuir su pasivo para poder
revenderla a un precio mayor.
Se celebró un
acuerdo en el que se habrían comprado los votos de los acreedores
y, en algunos casos, la misma sociedad extranjera había adquirido
el 100% de las acciones de las sociedades acreedoras.
Se publicaron
edictos, sólo a nivel nacional, con pocas posibilidades que
algunos de los acreedores que podían votar en el acuerdo plateen
alguna oposición al APE. El juez procedió a homologar,
declarando la inconstitucionalidad de ciertas normas que
molestaban a los fines perseguidos por la sociedad extranjera, e
interpretando de manera literal la letra de la ley. Legitimó que
las acciones de clase “b” hayan sido adquiridas por empresas
extranjeras, superando en gran medida el porcentaje máximo de 30%
del capital accionario que impone la normativa argentina.
La compra de votos
fue reconocida además ante el juez federal Daniel Rafecas por
David Martínez, quien es el dueño de un grupo de empresas que
tiene el control del 50% de Cablevisión. Martínez, nativo de México
y con pasaporte inglés, tiene registradas sus sociedades en el
Estado norteamericano de Delaware, las Islas Vírgenes Británicas
y las Islas Caimán, y su principal actividad sería la de
especular con la compra-venta de sociedades de países de tercer
mundo obteniendo un rápido y enorme beneficio, licuándoles, de
cualquier forma que sea, el pasivo aprovechándose de la legislación
local.
Gils Carbó
reprochó al juez que entendió en la causa no haber prestado
atención a la documentación aportada por los acreedores
disidentes, y haber homologado un acuerdo basado en simples
afirmaciones de la deudora y sin ninguna investigación seria
respecto de la veracidad de las denuncias.
Según la agente
fiscal, es muy probable que se intentó darle al acuerdo la forma
de un APE, para legitimar la compra de acciones que habían sido
emitidos de forma inválida y que pondrían en juego la
titularidad y la capacidad de decisión de las sociedades
extranjeras que actualmente controlan a Cablevisión en fraude a
la ley.
Las sumas
involucradas en las transacciones son de varios millones de dólares
y este sería el Acuerdo Preventivo Extrajudicial de mayor
envergadura que ha tramitado ante la Justicia comercial.
Si bien el poder
de Gils Carbó está delimitado a un dictamen fiscal, los
camaristas suelen respetar las opiniones, y es posible que fallen
en consecuencia, más cuando se habrían dado a conocer
irregularidades burdas y patentes que ponen en juego una sociedad
de interés estatal como un medio de comunicación, cuya adquisición
se encuentra reglada estrictamente a fin de proteger la cultura
nacional y de impedir injerencias extranjeras en la construcción
de la opinión pública.
Fuente:
Diario Judicial
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