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La justicia obligo al gobierno neuquino a entregar informacion sobre publicidad oficial 

07-JUN/2007

La justicia de Neuquén intimó al Poder Ejecutivo provincial a entregar información sobre gastos de publicidad oficial que había sido requerida por distintas organizaciones sociales. La medida es consecuencia de una acción de amparo interpuesta por Convocatoria Neuquina por la Justicia y la Libertad, la Cooperativa de Trabajo (8300) y el Sindicato de Prensa de Neuquén, con el patrocinio de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) ante la falta de respuesta oficial.




En su sentencia, la Dra. Julia Buisson de Bagio, a cargo del Juzgado Civil Nº 4 de Neuquén, señala que la falta de respuesta del Poder Ejecutivo provincial vulnera el derecho constitucional de acceso a la información pública , “que permite que la ciudadanía haga conocer sus ideas, valores y aspiraciones respecto de las decisiones que tomen los gobernantes, como asimismo que las cuestionen”. 

“El derecho a la información pública es la base fundamental de una democracia participativa. Este derecho, que pertenece no sólo a la Prensa y a los órganos de control, sino también a todo ciudadano interesado en la cosa pública, no es más que la directa aplicación del principio republicano de publicidad de los actos”, agrega. 

La omisión de informar, según el fallo, también lesiona el derecho de peticionar a las autoridades , reconocido en la Constitución Nacional y en la Ley Fundamental Provincial, que exige una respuesta de la Administración frente a las peticiones de los administrados. “La negativa de la Provincia a brindar tal información, sin fundamentos valederos, resulta inadmisible en un Estado de Derecho”, concluye.

"Este fallo tiene un enorme valor para la sociedad neuquina, porque deja en claro que el gobierno tiene la obligación de informar sobre sus actos, más allá de los temas sobre los que quiera hacerlo. Y que debe hacerlo a un periodista, a un comerciante, a una vecina o a quien sea, porque no es un derecho privativo de los hombres y mujeres de prensa", dijo Fabián Bergero, periodista y miembro de la Cooperativa de Trabajo (8300).

"Si bien no es necesaria una ley de acceso para hacer cumplir un precepto constitucional, creemos que esta definición judicial nos abre las puertas para llegar a una ley de acceso a la información en la provincia, y también de regulación de la publicidad oficial", agregó Bergero.

"El tema de fondo tiene una íntima vinculación con la libertad de expresión. Conocer los gastos de publicidad oficial es el primer paso para controlar si esos fondos son utilizados discrecionalmente para premiar a medios afines o castigar a los críticos", sostuvo Eleonora Rabinovich, coordinadora del área de Libertad de Expresión de la ADC.

La información solicitada 

Como parte de un trabajo conjunto sobre la utilización de la publicidad oficial y su impacto en la libertad de expresión y la calidad informativa en la provincia las organizaciones mencionadas solicitaron, el año pasado, datos sobre la inversión publicitaria efectuada en 2004, 2005 y el primer semestre de 2006 a los distintos poderes del Estado.

Los pedidos incluían, entre otros puntos: los montos gastados, los medios de comunicación que recibieron pauta, las campañas publicitarias efectuadas y sus montos, los criterios de asignación utilizados para elegir los medios. Fueron cursados distintos pedidos a la Secretaría General de la Gobernación, la Secretaría de Estado de Información Pública, el Ministerio de la Producción y Turismo, la Secretaría de Deportes, la Dirección de Lotería y Quiniela, al Banco de la Provincia de Neuquén, a la Agencia de Turismo y a la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable. 

La única respuesta obtenida provino de la Secretaría General de la Gobernación, que indicó que la información solicitada no correspondía a la órbita de competencia de esa dependencia y confirmó que el área que centralizaba el dinero para las pautas era la secretaría de Estado de Comunicación.

“En sede administrativa los actores tuvieron por toda respuesta el silencio, lo que resulta irrazonable frente a la consagración de expresos derechos y principios constitucionales”, dice la sentencia, que da un plazo de 60 días desde su notificación para entregar la información requerida. 

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