Inicio

Archivo de Notas Base de Datos Marco Normativo Contacto
 

colombia. el estado no puede hacer control previo de los contenidos

17-AGO/2007

Una decisión de la Corte Constitucional de Colombia respaldó el derecho a la libertad de expresión, al fallar a favor de RCN Radio. Sostuvo que son los medios los que deben autorregular los contenidos de sus programas y no el Gobierno Nacional. 


De esta forma, el alto tribunal dejó sin efecto la decisión del Consejo de Estado que ordenaba la creación de un comité de control del contenido y lenguaje del programa 'El Mañanero', que se transmite por la emisora La Mega, de RCN. 

El caso comenzó en el 2003, cuando la Fundación Sueño por Colombia interpuso una acción contra el programa argumentando que "envenena y corrompe la juventud con la más variada gama de vulgaridades".

Entonces, el Consejo de Estado, al estudiar la acción popular, consideró que por las frecuencias de radio deben trasmitirse mensaje orientados a "difundir la cultura y a afirmar los valores esenciales de la nacionalidad colombiana". Y le ordenó al Ministerio de Comunicaciones crear un comité, con miembros ajenos a la emisora, para hacer un control previo del contenido del programa.

El magistrado ponente de la Sala Segunda de Revisión, Manuel José Cepeda, explicó que en el caso de "El Mañanero", la única exigencia es que debe dar a conocer los métodos y parámetros que se van a utilizar para la autorregulación y en caso de que decidan libertad en el lenguaje o contenidos, también debe hacerlo público. Cuando la emisora tome la decisión, tendrá que comunicarlo en 3 meses a la Corte y divulgarla a la opinión para que a sepa a qué atenerse.

Volver

        Se autoriza la reproducción del material periodístico si se menciona la fuente RADIODIFUSIONdata