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LA EXHIBICION DE LA "MARCA PAIS" SERA obligatoria en peliculas nacionales

23-OCT/2006

Las películas que cuenten con subsidios del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) deberán utilizar el logotipo “Marca País” y el de “Cine Argentino”. Así lo dispone la Resolución 1794, publicada en el Boletín Oficial el 25 de septiembre.


Por su parte, el artículo 2º de la norma establece que esta obligación “se hará extensiva a todos los medios publicitarios en que la película se promocione, tanto en territorio nacional como en el extranjero”.

Uno de los “considerandos” señala que la finalidad de la medida es “reforzar la noción de identidad nacional al espectador argentino y a la vez, que el espectador extranjero advierta directamente el origen indudable de la misma”.

El artículo 5º establece que los efectos de esta disposición entrarán en vigencia a los 30 días de su publicación. 

“La falta de cumplimiento a lo dispuesto en el artículo precedente implicará que no se proceda a la clasificación de la película en cuestión”, señala el artículo 3º. 

A su vez, el INCAA derogó la Resolución 1028 de junio de este año, que había establecido que los films debían incluir la marca “Cine Argentino” y el pabellón nacional.

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