REABRIERON
CAUSA CONTRA GERARDO SOFOVICH POR IRREGULARIDADES EN ATC
26-JUN/2006
La Cámara Federal revocó una resolución por la que se había absuelto al conductor televisivo Gerardo Sofovich y ordenó que se lo continuara investigando por su posible participación en aparentes irregularidades cometidas en el canal estatal ATC durante el gobierno de Carlos Menem.
En la causa en la que está involucrado Sofovich, que se desempeñó como interventor de ATC (ahora Canal 7) hasta 1992, se investigan dos operaciones que terminaron causándole un perjuicio económico al canal de más de 20 millones de pesos, según una estimación de la Sindicatura General de la Nación (Sigen).
La primera consistió en la compra de decodificadores para el proyecto ATC Cable y la segunda en la tercerización de la venta de los derechos de televisación y publicidad de los Juegos Panamericanos de 1995, según detalló a LA NACION un funcionario que interviene en la causa.
En la misma resolución en la que se dispuso la falta de mérito de Sofovich, la Sala II del tribunal decretó el procesamiento de los ex directivos de ATC Enrique Alvarez, Raúl Rico y Héctor Fernández.
Los camaristas Eduardo Luraschi, Horacio Cattani y Martín Irurzun dispusieron, además, la falta de mérito de tres empresarios acusados de haber participado de la operación de los Juegos Panamericanos de 1995, realizados en Mar del Plata.
En ese caso, las presuntas anomalías consistieron en la subcontratación y el cobró de sumas inferiores al dinero pagado en derechos internacionales a empresas tales como International Merchandising, Merchandising Consultants y Prodomo.
En su declaración ante el juez Norberto Oyarbide, en abril de 2000, Sofovich recordó que en 1995 ya no era funcionario y aseguró que había intervenido en esas gestiones por un pedido "de honor" del entonces presidente Menem. El magistrado sobreseyó a Sofovich en abril pasado y declaró la prescripción respecto de uno de los episodios.
La Cámara, sin embargo, consideró que había que profundizar la investigación contra el conductor y productor del espectáculo. Para el tribunal, la revocatoria del sobreseimiento impide el cierre de la investigación por el episodio anterior.
Fuente: La Nación
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