PERU
LEGISLO LA PUBLICIDAD ESTATAL
22-AGO/2006
El Ejecutivo promulgó la ley que regula la publicidad estatal, la cual establece los criterios de transparencia y racionalidad para su contratación por parte de las instancias del aparato estatal.
La norma, la ley 28874, señala que la autorización de la publicidad estatal está condicionada a la existencia de un plan de estrategia publicitaria y a la justificación de las campañas institucionales y de la selección de los medios de difusión, informó la agencia Andina.
Asimismo, se establece que las entidades y dependencias no podrán erogar recursos presupuestarios en beneficio de un candidato a cargo de elección popular o partido político alguno.
También que estas deberán publicar los contratos de publicidad en su respectivo portal y presentar dentro de los diez días siguientes al vencimiento de cada trimestre, los programas o campañas de publicidad llevadas a cabo en el periodo correspondiente.
La referida ley señala que en la contratación de los servicios publicitarios, las entidades y dependencias solo darán preferencias a los medios oficiales respecto de los medios de comunicación privados, si estos acreditan debidamente sus condiciones de servicio, calidad, costo de mercado y cobertura.
Otro criterio de la contratación es la descentralización del gasto, respecto de comunicación de alcance regional, departamental y local.
La norma lleva la firma del presidente del Congreso pasado, Marcial Ayaipoma, y su vicepresidente, Fausto Alvarado Dodero; y la rúbrica del jefe del Estado, Alan García Pérez; y el jefe del Gabinete ministerial, Jorge Del Castillo.
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