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transferencias de ppp en corrientes y pinamar 

07-ABR/2006

La Resolución del COMFER 456 autorizó la transferencia del Permiso Precario y Provisorio correspondiente a la estación que opera en la frecuencia 98.3 MHz., en la ciudad de Corrientes, a favor de Araceli Chelina APONTE (M.I. Nº 29.394.960).


De acuerdo a los "considerandos" de dicho acto administrativo, publicado en el Boletín oficial el 3 de abril, hasta la autorización de la transferencia el titular del PPP era Duilio Blas APONTE.

Pero "con fecha 11 de marzo de 2005 el señor Duilio Blas APONTE transfirió la titularidad del mencionado permiso a favor de sus hijas Araceli Chelina y Sofía Anahí APONTE", y posteriormente, "el 7 de mayo de 2005, la señorita Sofía Anahí APONTE, que había obtenido su emancipación por habilitación de edad, cedió a Araceli Chelina APONTE la parte que había adquirido por la cesión mencionada en el considerando precedente".

Por su parte, en el Boletín Oficial del 4 de abril se publicó la Resolución 465, que autorizó la transferencia del PPP correspondiente a la estación inscripta como "FM Radio Pinamar", que opera en la frecuencia 100.7 MHz., ubicada en la ciudad homónima, a favor de Marcos Emilio MARIN FIGUEROA (M.I. Nº 4.632.460).

Según consta en uno de los "considerandos" de la norma, el titular de dicho Permiso era Juan Carlos MATTIASSICH. Pero "... con fecha 1º de junio de 1992 el señor Juan Carlos MATTIASSICH extendió un recibo del cual se desprende que cedió a título oneroso los derechos, acciones, bienes muebles, elementos técnicos y equipamientos que corresponden a la emisora denominada FM RADIO PINAMAR a favor de Marcos Emilio MARIN FIGUEROA".

En la autorización de ambas transferencias el COMFER resalta que la vigencia del Permiso Precario y Provisorio se halla supeditado al Régimen de Normalización de Emisoras de Frecuencia Modulada.

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